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Monarquía española - línea dinástica (comp.) Justo Fernández López España - Historia e instituciones
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LA MONARQUÍA ESPAÑOLA
Línea dinástica española
La Monarquía española es la más antigua de las reinantes hoy en Europa y le segunda del mundo, después de la del Japón.
No se consignan las fechas de nacimiento, sino los años de duración de cada reinado.
MONARCA
REINADO
padre(s) de
Bermudo I de Cantabria
788-791
padre de
Ramiro I, Rey de Asturias
842-850
Ordoño I, Rey de Asturias
850-866
Alfonso III, Rey de Asturias
866-910
Ordoño II, Rey de León
910-924
Ramiro II, Rey de León
930-950
Ordoño II, Rey de León
950-955
Bermudo II, Rey de León
984-999
Alfonso V, Rey de León
999-1027
Sancha, Reina de León, casada con Fernando I de Castilla
1037-1065
padres de
Alfonso VI, Rey de Castilla y de León
1065-1109
padre de
Urraca I, Reina de Castilla y de León, casada con Raimundo de Borgoña
1109-1116
padres de
Alfonso VII, Emperador y Rey de Castilla y de León
1126-1157
padre de
Fernando VII, Rey de León
1157-1188
Alfonso IX, Rey de León
1188-1230
Fernando III, Rey de Castilla y de León
1217-1252
Rey de Castilla
1230-1252
Rey de León
Alfonso X, Rey de Castilla y de León
1252-1284
Sancho IV, Rey de Castilla y de León
1284-1295
Fernando IV, Rey de Castilla y de León
1295-1312
Alfonso XI, Rey de Castilla y de León
1312-1350
Enrique II, Rey de Castilla y de León
1369-1379
Juan I, Rey de Castilla y de León
1379-1390
Enrique II, Rey de Castilla y de León
1390-1406
Juan II, Rey de Castilla y de León
1406-1454
Isabel I, Reina de Castilla y de León, casada con Fernando II de Aragón
1474-1504
padres de
Juana I de España ("Juana la Loca"), casada con Felipe de Austria ("Felipe el Hermoso")
Carlos I de España y V de Alemania
A partir de 1519, es Emperador de Alemania (1519-1556)
pasando a denominarse Carlos I de España y V de Alemania.
1516-1556
padre de
Felipe II
1556-1598
Felipe III
1598-1621
Felipe IV
1621-1665
Carlos II, “el Hechizado”
Con Carlos II se extingue en España la dinastía de la Casa de Austria.
Murió sin sucesión y en su testamento designa rey de España a un francés,
el duque de Anjou, nieto de Luis XIV y quien reinó como Felipe V,
iniciando en España el reinado de la Casa de Borbón
1665-1700
murió sin sucesión
María Teresa, Infanta de España, casada con Luis XIV de Francia
hija de Felipe IV
padres de
Luis de Borbón, Delfín de Francia
padre de
Felipe V
1701-1746
Carlos III
1759-1788
Carlos IV
1788-1808
Fernando VII
1808-1808
1814-1833
Isabel II, casada con el Infante don Francisco de Asís de Borbón
1833-1843
Regencia
1843-1868
Reinado
padres de
Alfonso XII
1875-1885
padres de
Alfonso XIII
1886-1902
Regencia
1902-1931
Reinado
Juan, Conde de Barcelona
Juan Carlos I de Borbón y la reina Sofía de Grecia
1975-2014
Felipe VI de Borbón y Grecia, casado con la reina Letizia Ortiz Rocasolano
2014-
padres de
Leonor, princesa de Asturias
Sofía, infanta de España
«La monarquía es una memoria histórica acumulada que tiene la ventaja de poder aprenderse en casa».
(Rey Felipe de Borbón y Grecia, cuando era Príncipe de Asturias)
Orden de precedencia de las autoridades en los actos oficiales
Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado ("Boletín Oficial del Estado" de 8 de agosto, corregido en el del 9).
El advenimiento de un Estado social y democrático de Derecho, instituido y sancionado por la vigente Constitución de 1978 bajo la forma política de Monarquía parlamentaria, ha determinado necesariamente la implantación de una nueva estructura de poderes e instituciones, unipersonales o colegiados, cuya presencia y vigencia articulan la imagen política y administrativa de la Nación.
Singular relieve entraña, además, la constitucional organización territorial del Estado, en cuyo seno, y sin mengua de su unidad, nacieron y se integran, en proceso normativo ya concluso, las diecisiete Comunidades Autónomas radicadas en el respectivo marco de su territorio, de tal modo que todo el mapa nacional traduce la configuración del nuevo Estado de las Autonomías.
La proyección del signo democrático y social en el Estado supone, por otro lado, una distinta graduación en la presencia de la autoridad o cargo público, por corresponder mejor valencia a las investiduras electivas y de representación que a las definidas por designación, resultando asimismo indeclinable un mayor reconocimiento a las instituciones del mundo de la cultura.
Todo ello plantea la necesidad inmediata de proveer, dentro del régimen del protocolo del Estado, a la regulación de la ordenación de precedencias que, en la asistencia a los actos oficiales, cumpla atribuir y reconocer a la Corona, Autoridades, Instituciones, Corporaciones y personalidades del Estado que, singular o colegiadamente, ostentan la titularidad, investidura o representación respectiva de aquéllas, cada vez que las normas pretéritas de precedencias, aparte de ser precarias y obsoletas, han quedado en gran medida derogadas por la nueva estructura constitucional.
TITULO II.- Precedencia de autoridades en los actos oficiales de carácter general organizados por la Corona, el Gobierno o la Administración del Estado.
Art. 10º. En los actos en la villa de Madrid, en su condición de capital del Estado y sede de las Instituciones generales, regirá la precedencia siguiente:
1. Rey o Reina.
2. Reina consorte o Consorte de la Reina.
3. Príncipe de Asturias.
4. Infantes de España.
5. Presidente del Gobierno.
6. Presidente del Congreso de los Diputados.
7. Presidente del Senado.
8. Presidente del Tribunal Constitucional.
9. Presidente del Consejo General del Poder Judicial.
10. Vicepresidente del Gobierno, según su orden.
11. Ministros de Gobierno, según su orden.
12. Decano del Cuerpo Diplomático y Embajadores extranjeros acreditados en España.
13. Ex Presidentes de Gobierno.
14. Presidentes de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, según su orden.
15. Jefe de la Oposición.
16. Alcalde de Madrid.
17. Jefe de la Casa de Su Majestad el Rey.
18. Presidente del Consejo de Estado.
19. Presidente del Tribunal de Cuentas.
20. Fiscal general del Estado.
21. Defensor del Pueblo.
22. Secretarios de Estado, según su orden, y Presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor y Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire.
23. Vicepresidentes de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, según su orden.
24. Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar.
25. Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Madrid.
26. Capitán General de la Primera Región Militar, Almirante Jefe de la Jurisdicción Central de Marina y Teniente General Jefe de la Primera Región Aérea.
27. Jefe del Cuarto Militar y Secretario general de la Casa de Su Majestad el Rey.
28. Subsecretarios y asimilados, según su orden.
29. Secretarios de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, según su orden.
30. Presidente de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma de Madrid.
31. Encargados de Negocios Extranjeros acreditados en España.
32. Presidente del Instituto de España.
33. Jefe de Protocolo del Estado.
34. Directores generales y asimilados, según su orden.
35. Consejeros de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid.
36. Miembros de la Mesa de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma de Madrid.
37. Presidente y Fiscal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Madrid.
38. Diputados y Senadores por Madrid.
39. Rectores de las Universidades con sede en Madrid, según la antigüedad de la Universidad.
40. Gobernador militar de Madrid.
41. Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Madrid.
Art. 12. En los actos en el territorio propio de una Comunidad Autónoma regirá la precedencia siguiente:
1. Rey o Reina.
2. Reina consorte o Consorte de la Reina.
3. Príncipe o Princesa de Asturias.
4. Infantes de España.
5. Presidente del Gobierno.
6. Presidente del Congreso de los Diputados.
7. Presidente del Senado.
8. Presidente del Tribunal Constitucional.
9. Presidente del Consejo General del Poder Judicial.
10. Presidente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma.
11. Vicepresidentes del Gobierno, según su orden.
12. Ministros del Gobierno, según su orden.
13. Decano del Cuerpo Diplomático y Embajadores extranjeros acreditados en España.
14. Ex Presidentes del Gobierno.
15. Presidentes del los Consejos de Gobierno de otras Comunidades Autónomas.
16. Jefe de la Oposición.
17. Presidente de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma.
18. Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma.
19. Alcalde del municipio del lugar.
20. Jefe de la Casa de Su Majestad el Rey.
21. Presidentes del Consejo de Estado.
22. Presidente del Tribunal de Cuentas.
23. Fiscal general del Estado.
24. Defensor del Pueblo.
25. Secretarios de Estado, según su orden, y Presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor y Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire.
26. Vicepresidentes de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, según su orden.
27. Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar.
28. Capitán General de la Región Militar, Capitán General y Comandante General de la Zona Marítima, Jefe de la Región o Zona Aérea y Comandante General de la Flota, según su orden.
29. Jefe del Cuarto Militar y Secretario general de la Casa de Su Majestad el Rey.
30. Consejeros del Gobierno de la Comunidad Autónoma, según su orden.
31. Miembros de la Mesa de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma.
32. Presidente y Fiscal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.
33. Subsecretarios y asimilados, según su orden.
34. Secretarios de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, según su orden.
35. Encargados de Negocios Extranjeros acreditados en España.
36. Presidente del Instituto de España.
37. Subdelegado de la provincia donde se celebre el acto.
38. Presidente de la Diputación Provincial, Mancomunidad o Cabildo Insular.
39. Directores generales y asimilados, según su orden.
40. Diputados y Senadores por la provincia donde se celebre el acto.
41. Rectores de la Universidad en cuyo distrito tenga lugar el acto, según la antigüedad de la Universidad.
42. Delegado insular del Gobierno, en su territorio.
43. Presidente de la Audiencia Territorial o Provincial.
44. Gobernador militar y Jefes de los Sectores Naval y Aéreo.
45. Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento del lugar.
46. Comandante militar de la plaza, Comandante o Ayudante militar de Marina y Autoridad aérea local.
47. Representantes consulares extranjeros.
Art. 14. En los actos en la villa de Madrid, en su condición de capital del Estado y sede de las Instituciones generales, regirá la precedencia siguiente:
1. Gobierno de la Nación.
2. Cuerpo Diplomático acreditado en España.
3. Mesa del Congreso de los Diputados.
4. Mesa del Senado.
5. Tribunal Constitucional.
6. Consejo General del Poder Judicial.
7. Tribunal Supremo.
8. Consejo del Estado.
9. Tribunal de Cuentas.
10. Presidencia del Gobierno.
11. Ministerios, según su orden.
12. Instituto de España y Reales Academias.
13. Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid.
14. Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma de Madrid.
15. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
16. Ayuntamiento de Madrid.
17. Claustro Universitario.
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