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Redacción del texto constitucional 1978

(comp.) Justo Fernández López

España - Historia e instituciones

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LA REDACCIÓN DEL TEXTO CONSTITUCIONAL de 1978

«El día 2 de agosto reunimos a una veintena de personas, políticos y expertos, en el Parador de Sigüenza, en Guadalajara. Allí debatimos y redactamos nuestra propuesta constitucional, lo que tuvo una enorme importancia, dado que más tarde, en la Ponencia constitucional, los representantes de UCD no acostumbraban a proponer textos concretos, y siempre estaban presentes nuestros propios textos. [...]

Habíamos, pues, elaborado nuestro modelo constitucional, pero primero había de lograrse que el Parlamento acordada la redacción de una Constitución.

Adolfo Suárez no se negó nunca a la elaboración de una Carta Magna de nueva planta, aunque algunos de los que le rodeaban insistían en conservaciones privadas en que no era necesario, que bastaba con la reforma de las leyes anteriores siguiendo el ejemplo de la Ley de Reforma Política. Esta era también la posición de Alianza Popular de Fraga Iribarne. De hecho, aquellos de UCD y AP que no veían necesaria la Constitución siguen manteniendo su posición anti-Constitución, en cuanto que siguen en la tesis de que el contenido de la Norma fundamental es la derivación natural de las leyes del régimen anterior, actualizadas por el mandato democrático.

Suárez, sin embargo, pretendió, aunque con escasa voluntad y por poco tiempo, que la Constitución tuviese un origen extraparlamentario con una aprobación posterior del Parlamento. Preconizó que, desde el Gobierno, Landelino Lavilla, con su colaborador Miguel Herrero Rodríguez de Miñón, confeccionaran el texto inicial que más tarde debatiera el Congreso de los Diputados. Después se replegó a una segunda trinchera: el borrador sería redactado por una comisión de expertos “independientes” que pasaría a la aprobación de las Cámaras. Ninguna de estas propuestas contó con nuestra aprobación. Felipe contestó lacónicamente: “Las Cortes se bastan y se sobran para dotar al país de una Constitución”. Suárez cedió y todos aceptaron que las Cámaras sería artífices autónomos de una Constitución para España. [...]

El primer choque de puntos de vista se planteó sobre el carácter explícito o referencial del texto. La Constitución debía ser un texto que expresara de forma desarrollada los derechos de los ciudadanos, o un texto que hiciera referencia a los tratados internacionales comprometidos por España. Nosotros defendimos la primera opción hasta límites quizá excesivos. Una larga dictadura nos hacía desconfiar del Ejecutivo, de cualquier Poder ejecutivo, por lo que no podíamos aceptar preceptos no suficientemente claros; deberían ser explícitos, que obligaran al Ejecutivo a un cumplimiento estricto sin margen de arbitrariedad ninguna. La misma razón explica nuestro apoyo generalizado, que excedía de lo normal, a la judicialización de las decisiones que afectaran a la vida política. La verdad es que hoy no entiendo bien la ingenua posición de entonces, como si los jueces hubiesen tenido una trayectoria muy diferente del Ejecutivo durante la dictadura.

Triunfó la tesis del texto explícito, y por lo tanto largo, lo que dilataba inconvenientemente el tiempo de elaboración de la Constitución. [...]

Terminado el texto de la Ponencia, comenzaron los debates en la Comisión Constitucional el día 5 de mayo. Enseguida se comprobó que UCD actuaba de acuerdo con AP, y que los votos de las dos formaciones políticas iban desmontando sistemáticamente las propuestas del resto de los grupos. Por la diferencia de un voto se rechazaban cada una de las enmiendas de socialistas, comunistas y nacionalistas, demostrando la evidencia de que la Comisión estaba redactando la Constitución de UCD y AP, pero no la de la Cámara en su conjunto. Lo que llamaron “la mayoría mecánica” elaboraba día a día la Constitución de media Cámara, de media España.

El día 17 de mayo llamé telefónicamente a Fernando Abril Martorell y le expresé mi honda preocupación por lo que estaba ocurriendo. [...] Me explayé en una explicación de la historia constitucional española, una historia pendular, en la que unas veces los conservadores en el gobierno elaboraban una Constitución conservadora, y hasta reaccionaria, para ser abolida y sustituida cuando los progresistas gobernaban y hacían una nueva Constitución, esta progresista, que sería nuevamente sustituida por una conservadora en cuanto esta opción política dispusiese de fuerza suficiente para hacerlo. Nunca se había hecho el intento de elaborar una Constitución para todos los españoles. Han sido Constituciones impuestas por media España a la otra media, Constitución de unos partidos contra otros. [...] Especialmente responsable sería UCD con su decisión de pactarlo todo con AP, lo que nos obligaría a nosotros a la reforma constitucional cuando tuviésemos la fuerza parlamentaria suficiente.

El silencio que siguió a mi perorata me hizo comprender que Fernando Abril estaba de acuerdo conmigo. [...] Se trataba de hablar con Adolfo Suárez. [...]Declaré públicamente: “Esta va a ser la Constitución más reaccionaria de España. Es obra de UCD y AP. No existe consenso”.

Suárez tomó la decisión de cambiar a sus peones. Hasta entonces había confiado plenamente en Landelino Lavilla y Miguel Herrero Rodríguez de Miñón; a partir de ahora descansaría sobre Fernando Abril, quien se apoyaba jurídicamente en José Pedro Pérez Llorca y Rafael Arias-Salgado. [...]

Abril Martorell contestó a mi requerimiento proponiendo una cena en la noche del día 22 de mayo en el restaurante José Luis, frente al estadio de fútbol de la Castellana. Acordamos ir acompañados por dos o tres personas de cada partido. [...]

El encuentro se explicaba como un intento de enderezar la marcha del debate constitucional. El objetivo era alcanzar un acuerdo entre los dos grandes partidos, UCD y PSOE, para redactar una Constitución para todos, una Constitución elaborada por consenso. [...]

Todos comprendieron y aceptaron que se iniciaba una nueva etapa y que, más allá de las discusiones y teorías jurídicas, dos personas, Fernando y yo, estábamos dispuestos a manejar con criterio político las decisiones que fuera necesario adoptar.

Una vez despejada la cuestión del mando en el campo de batalla, se acordó sin problemas que la Constitución sería obra de los dos partidos.

Conocedor de la forma de relación con los partidos del presidente Suárez, yo no tenía duda de que al menos Santiago Carrillo y Miquel Roca debían estar informados de aquella cena. Por ello me adelanté a ellos y propuse intentar la adhesión del resto de los partidos al consenso que ya habíamos acordado nosotros.

Abril reaccionó de inmediato sumándose a nuestra proposición. No fue difícil. Salvo Fraga Iribarne, que no aceptó el cambio, porque estaba logrando unos planteamientos muy cercanos a sus tesis en combinación con Herrero de Miñón. Para él el consenso solo representaba pérdida de poder en la redacción constitucional.

Aquella misma noche en el restaurante logramos avanzar en una veintena de artículos en los que la confrontación había sido muy fuerte. [...]

Se ha escrito mucho sobre los problemas que se presentaron en la elaboración de la Constitución. Sin embargo, con posterioridad, se pretende presentar aquella historia de forma interesada. Se interpreta que el resultado del debate, el texto constitucional, es producto del desarrollo natural de la reforma política del primer Gobierno Suárez. Es una fabricación histórica. Durante el debate se produjeron conquistas democráticas por nuestra parte. Asuntos capitales como la mayoría de edad, la abolición de la pena de muerte, la condición aconfesional del Estado, la laicidad de la enseñanza, el sistema proporcional en los procesos electorales, la posibilidad de intervención de los poderes públicos en la economía, la exigencia de que el Senado tuviese un carácter de Cámara de las Comunidades Autónomas, y el conjunto del Título VIII, fueron objeto de diversos debates en público y en privado. [...]

La aglomeración de los componentes de UCD es el mejor ejemplo político de reagrupamiento de la derecha, que triunfará por la astucia y la valentía que pusieron en el cambio de régimen. Sin embargo, en la batalla de cada día les atenazaban dos peligros: el complejo de ser herederos de la dictadura, y la excesiva prudencia para no “soliviantar” a los hasta entonces compañeros de régimen, y hasta el miedo, ante la reacción de los militares o la Iglesia les paralizó en las reformas más naturales una vez decidido que caminábamos hacia una democracia de corte europeo. [...]

Durante los debates en la Ponencia se llegó a la definición de la forma de gobierno, la Monarquía. [...] Antes que la República estaba la democracia, y aunque la identidad de los socialistas es republicana, no existían razones al elaborar la Constitución para exigir como un imposible una alternativa republicana. [...]

En medio de la discusión, una día llegaron los negociadores con la noticia de haber pactado en el palacio de la Moncloa entre UCD y Convergencia i Unió un artículo, el 150 actual, al que añadían un párrafo segundo que dice: “2. El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materias de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado”. Me opuse con todas mis fuerzas. Tal previsión significaba que el proceso constituyente quedaba abierto permanentemente, que el Gobierno podía modificar el reparto competencial entre la Administración del Estado y la de las Comunidades Autónomas sin necesidad de cumplir los requisitos exigidos en los artículos que contemplan la reforma de la Constitución. [...] El precepto quedó en la redacción definitiva... y por supuesto que fue aplicado con posterioridad.

El tema de la distribución territorial del poder fue el más complicado de resolver en la elaboración de la Constitución. La dificultad residía en la historia del País Vasco y Cataluña, pero se acrecentó con algunas decisiones políticas que fueron adoptadas por razones distintas a las derivadas de la identidad propia de aquellos territorios. Recién inaugurada la democracia tuvimos Felipe González y yo una entrevista con el presidente Suárez para intentar dar una salida histórica al contencioso territorial. Nuestra propuesta fue clara y sencilla: restaurar los Estatutos de Euskadi y Cataluña aprobados durante la República y abolidos con el triunfo militar del régimen de la dictadura. Suárez comprendió que esa era la operación más limpia y con menor coste político si no fuera porque el estamento militar nunca aceptaría una “restauración” de los hechos de la República, que habían justificado en la conciencia del Ejército franquista la rebelión y posterior Guerra Civil.

La alternativa más viable fue descartada por temor a la reacción del Ejército, y entramos en una dinámica de complicaciones que fue a devenir en el Título VIII de la Carta Magna, el más ambicioso y el más problemático de la Constitución de 1978. Pero hasta llegar a él una acumulación de disparates fue haciendo inevitable que todos aproximaran un final del que nadie se sentiría responsable.

El Gobierno de Adolfo Suárez quería evitar que el lema de amnistía y estatuto de autonomía se convirtiera en una bandera que le amenazara electoralmente, y los grupos de oposición arreciaban en sus reivindicaciones autonomistas para no dejar en manos del Gobierno la iniciativa en un tema que se convertía cada día más en una petición popular.

En un piélago de dudas y estirones, la aparición de un ministro gris y de poca trayectoria política, Manuel Clavero, trastocó todos los planes. Su teoría de “café para todos” se sostenía sobre el intento de granjearse un apoyo en su región de origen, Andalucía, y como un proyecto de reducir la tensión vasco-catalana, extendiendo a todo el mapa lo que distinguía a aquellos dos territorios. El resultado fue una carrera “a pelo” para situarse como más regionalista que nadie. [...]

La Constitución dejaba abierta la opción autonómica en cuanto al dibujo del mapa y a la dualidad del método de acceso.»

[Guerra, Alfonso: Cuando el tiempo nos alcanza. Memorias (1940-1982). Madrid: Espasa Calpe, 2004, p. 220 ss.]


«Catalanes y vascos intentaron en vano que las lenguas cooficiales fueran de conocimiento obligatorio El 16 de mayo de 1978, la Comisión Constitucional debatía, entre otros, el artículo 3: el de las lenguas. Así que circularon por la sala Juan Valera, Joan Maragall, Cervantes, Rosalía de Castro... Y, más que cualquiera de ellos, Miguel de Unamuno, cuyo pensamiento esgrimían repetidamente unos diputados y otros, izquierda y derecha, para dar autoridad a argumentos contrarios. Después de que Iñigo Aguirre (PNV) afirmara que el castellano se utilizaba como instrumento de dominación política y que la prueba era la Gramática que Antonio de Nebrija elaboró para Isabel la Católica en el siglo XV, José Manuel Paredes (UCD) perdió la paciencia: “Es completamente ocioso traer a colación la batalla de Lepanto, los tercios de Flandes y otra serie de cosas por el estilo”.

Las posiciones, por lo demás, estaban bastante claras: sentado que “el castellano es la lengua oficial del Estado”, quedaba por decidir qué rango dar a catalán, euskera y gallego. Alianza Popular pedía que la “cooficialidad” se pospusiera al debate de los Estatutos de autonomía, algo que rechazaban frontalmente las minorías catalana y vasca. Ganaron esa batalla, pero perdieron otra: la de lograr que, en los territorios con lengua cooficial, fuese “obligatorio” conocerla. Justo lo que Cataluña introdujo en su Estatuto de autonomía en 2006 y ahora está en manos del Tribunal Constitucional.

Los argumentos de catalanes y vascos eran similares:

Ramón Trías (Minoría Catalana). “El catalán es el idioma débil [...] Hay que compensar la situación del catalán en la misma Constitución [...] Os voy a pedir una declaración de que el conocimiento del catalán sea obligatorio en Cataluña y se den ciertas ventajas al catalán [...] La cuestión del idioma es la llaga abierta en el costado del pueblo catalán [...] Mientras no se cure envenenará sin remedio nuestras relaciones. Si resolvemos el tema de la lengua, la mitad del problema catalán estará resuelto”.

Iñigo Aguirre (PNV). “Sólo creeremos en el valor [de la Constitución] cuando se nos permita la concreción práctica de cuanto subyace en el fondo de esta fórmula [cooficialidad]; cuando en Euskadi, en Cataluña o en Galicia el mundo de la Administración, de los tribunales, de la educación, de la información en todas sus facetas (y sobre todo la televisión) utilicen la lengua propia de la sociedad a la que sirven, y no la lengua del Estado con carácter exclusivo”.

Ambos puntualizaron que nada de lo que reclamaban iría en detrimento del castellano —“No vamos a obligar a ningún niño de ambiente familiar idiomático castellano a estudiar en catalán. La lengua materna, como es lógico, debe respetarse para los unos y para los otros”, dijo Trías—, pero no convencieron a la mayoría.

Por si había dudas, José Luis Meilán, representante del grupo mayoritario (UCD), lo explicó después de votar: “La obligatoriedad del conocimiento, del uso y, por tanto, derivadamente de la enseñanza, no se va a referir a las demás lenguas de España, sino sólo al castellano”. Su compañero Paredes pidió a Trías que se tranquilizase. Había sido “un gran error histórico”, dijo, reprimir el catalán y el euskera, pero no era “el castellano” el perseguidor de esas lenguas. Forzar a las “masas” de andaluces, murcianos y castellanos que habían emigrado a Cataluña y País Vasco a “abandonar su lengua” sería una nueva persecución a la inversa.

Hubo espacio para los matices: Jordi Solé Tura proponía cambiar la palabra “también” por “igualmente” al declarar la cooficialidad; y no era un matiz cualquiera: en su interpretación, eso establecía la “igualdad jurídica” entre el castellano y las demás lenguas. No prosperó. “Son cooficiales pero con una cierta primacía de la lengua nacional”, subrayó Fraga. El PSOE se mantuvo un tanto al margen, mientras los Socialistas de Cataluña reclamaban “situar el catalán y el castellano al mismo nivel”. Y la curiosidad llegó cuando Emilio Gastón (Grupo Mixto) propuso que las “fablas alto-aragonesas” fuesen también cooficiales en dichas zonas porque allí era ésa la lengua materna. No recibió de catalanes y vascos ningún apoyo.

“¿Qué va a pasar con quienes, procedentes de otros lugares de España, quieran ir a trabajar a Cataluña o al País Vasco?”, preguntó, por último, Licinio de la Fuente (AP), el más concreto a la hora de imaginar peligros futuros. “¿Qué va a pasar con los funcionarios, con los profesores, con los estudiantes? Los territorios con lengua propia van a ser casi coto cerrado para ellos [...] Y ¿qué territorios, por otra parte, van a ser éstos? Cualquiera lo sabe. Como en el tema de las nacionalidades, la Constitución dice más o menos: ahí queda eso, digiéranlo ustedes en el futuro como puedan”. “Qué difícil vamos a poner las cosas, señorías”, suspiraba el diputado.

Una frase de Fraga, a mitad de debate, había resumido tantas dificultades: “Las Constituciones acusan el famoso juego de las siete y media...”. Ponía en prosa constituyente eso que el Don Mendo de Muñoz Seca advirtió en verso: “El no llegar da dolor, pues indica que mal tasas y eres del otro deudor. Mas ¡ay de ti si te pasas! ¡Si te pasas es peor!”.»

[Vera Gutiérrez Calvo: "Ahí queda eso, digiéranlo en el futuro", en El País - 06/12/2009]

LA CONTROVERSIA SOBRE LA NACIÓN Y LA LENGUA EN 1978

"Que no sea una bomba retardada"

La inclusión del término 'nacionalidades' puso a prueba el consenso político

Vera Gutiérrez Calvo

El País - 06/12/2009

El concepto de nación y el tratamiento de las lenguas son dos de los asuntos centrales que tienen bloqueado el fallo del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto catalán. Hace 31 años, los diputados constituyentes ya intuyeron los riesgos.

Por momentos fueron alfareros pero también orfebres de cincel, cirujanos y, sobre todo, equilibristas. Los 34 miembros de la Comisión Constitucional del Congreso abordaron el 12 de mayo de 1978 una de las "encrucijadas" del texto elaborado por los siete padres de la Constitución: el artículo 2, que proclama la "indisoluble unidad de la nación española" y, a la vez, la existencia de "nacionalidades" en su seno. La consigna, en pos del consenso, era "innovar" con los conceptos -ya venían de hacerlo la víspera con el término "monarquía parlamentaria"-. Y tanta innovación dio lugar a un debate hondo acerca de "la naturaleza de España", emocionante y lleno de dudas sobre lo que el futuro haría con las palabras.

Si UCD se hubiera plantado, el término "nacionalidades" no habría sobrevivido en la Constitución: sus votos y los de Alianza Popular lo habrían tumbado. Pero el término se mantuvo, convencida UCD de que era imprescindible para sumar a PSOE, PCE y las minorías nacionalistas. Aun así, los centristas eran conscientes del riesgo de un término que Gabriel Cisneros (UCD) tildó de "deslizante" y que, según subrayó, ya había tratado de conjurar la ponencia con "el afán compartido de que su introducción no supusiera una bomba de tiempo retardado en la construcción histórica de la unidad española".

Aunque la oposición más frontal fue la de AP -el diputado Antonio Carro sacó la Constitución de la URSS para demostrar que la nacionalidad va ligada al derecho de secesión-, el rechazo llegó por más sitios: el centrista José Miguel Ortí se mostró dispuesto, por ejemplo, a que se diera a las regiones más autonomía incluso que en un Estado federal, pero sin concederles el tratamiento de "nacionalidad". "En este punto concreto se puede romper la concordia de los españoles", argumentó.

"La clave" de la Constitución (Francisco Letamendia, Euskadiko Ezkerra), "la base de la futura distribución territorial del poder" (Rafael Arias-Salgado, UCD), "una hora de inmensa responsabilidad" (Gonzalo Fernández de la Mora, AP), "el tema crucial de la tarea constitucional" (Cisneros). Todo eso y más era el artículo 2, según coincidían los diputados encerrados en comisión para intentar cuadrar el círculo.

"Sentimos la gran responsabilidad de encontrar una formulación constructiva que permita a todos los españoles sentirse tales en su propia especificidad y que no engendre entre ellos, por enésima vez, insuperables divisiones", sentenció Arias-Salgado. Su colega José Manuel Paredes añadía: "El fin trascendente de esta Constitución es resolver ese gravísimo problema, llámesele forma de Estado o simplemente reflexión sobre la naturaleza de España".

"No son los problemas los que se constitucionalizan, son las soluciones. Dios quiera que los constituyentes del 78 no constitucionalicen el problema de las nacionalidades", le replicaba Ortí. Otros, como Hipólito Gómez de las Roces (Candidatura Aragonesa Independiente de Centro), recelaban del camino tomado y advertían: "Ningún territorio español carece de historia, pero la más relevante es la que hicieron en común".

El argumento de UCD era que suprimir el término "nacionalidades" -algún diputado lo tachó de "pluriindefinible", la mayoría de, cuando menos, "confuso"- no haría desaparecer sino que "exacerbaría" los nacionalismos. Por eso había que "constitucionalizar" el concepto, dándole una interpretación que limitase su alcance y evitara "hipotéticas consecuencias desintegradoras". Pero había casi tantas interpretaciones como grupos. La pregunta clave era: ¿Nación y nacionalidad son lo mismo? Si lo son, ¿cómo preservar la soberanía única de la nación española? Ahí van algunas respuestas en el calor del debate de 1978:

Arias-Salgado (UCD): "El vocablo nacionalidad no es ni puede ser fundamento de un derecho a constituirse en Estado [...] Implica, simplemente, el reconocimiento de la existencia de formaciones sociohistóricas a las que se confiere un derecho a la autonomía cuyo límite de principio infranqueable reside precisamente en la soberanía de la unidad política que las comprende".

Miquel Roca (Minoría Catalana): "Nacionalidades y nación quieren decir absolutamente lo mismo. Lo que ocurre es que, en la vida política, los términos se amoldan [...] Naciones sin Estado [son] lo que modernamente ha venido en llamarse nacionalidades [...] Es evidente que España es una realidad plurinacional".

De la Fuente (AP): "He tratado de investigar gramatical, sociológica y políticamente este concepto y no he encontrado la manera de desvincularlo del concepto de nación [...] ¿Entonces es posible la existencia de la unidad nacional desde la pluralidad de naciones? [...] El mantenimiento de los dos conceptos conduce a una tremenda, a una indudable confusión que deja en el futuro en la indeterminación lo que vaya a ser la organización territorial de este país".

Gregorio Peces-Barba (PSOE): "España es una nación de naciones y esto no es nuevo, porque esto es el Reino Unido de Gran Bretaña y del Norte de Irlanda, esto es Bélgica, esto es Checoslovaquia, esto es Yugoslavia y no se puede decir que no sea esta realidad una realidad sin peligro ninguno de separatismos [...] Nacionalidad es sinónimo de nación".

Jordi Solé Tura (PCE): "Estamos ante dos conceptos, ante dos visiones de lo que es España y de lo que es unidad [...] La auténtica unidad de España se basa en el reconocimiento de lo que hay. Eso es lo que hay que articular".

Gómez de las Roces (CAIC): "La ponencia se limita a dar un puntapié al problema, a trasladarlo a mañana. En vez de quitar el proyectil del cañón para que no se dispare, ha preferido ponerle un tapón [...] ¿Quién impedirá que crezca la semilla de la nacionalidad y que en una segunda fase se trate de ocupar una parte alícuota de la soberanía nacional?"

Joan Reventós (Socialistas de Cataluña): "Pretenden conjurar unas posibilidades secesionistas que no existen detrás de la palabra nacionalidades".

Xavier Arzalluz (PNV): "No buscamos ni en la palabra nacionalidades ni en la autonomía un trampolín para la secesión".

Tras pasar por la Comisión Constitucional, todavía habría más filtros al texto -y nuevos debates-: el pleno del Congreso, el del Senado, un foro mixto... Pero el artículo 2 no cambió, y ya en comisión distintas interpretaciones del "alcance" del término nacionalidades dieron lugar a diagnósticos de futuro muy diferentes. "Habrá dos clases de territorios en España y, por tanto, dos clases de españoles [...] Las autonomías nacionalistas van más allá, no nos engañemos, y crearán de alguna manera la punta de lanza permanente". Ese peligro, terció Solé Tura, dependería a su juicio de otra cosa: "De cómo organicemos el poder político, de cuál sea el juego real de las autonomías y la relación con el poder central". "Allí está la clave del asunto, no en el concepto de nacionalidades", subrayó.

Miguel Herrero de Miñón (UCD) sostuvo que "España era antes, y será después de esta Constitución, una entidad permanente". Pero su compañero José Luis Meilán apuntó: "Evidentemente, no somos dueños de las palabras; a veces las palabras siguen su curso independientemente de quien las pronuncia". "En un periodo constituyente como éste", concluía el diputado centrista hace algo más de tres décadas, "nadie puede saber exactamente cómo terminarán las cosas".

Artículo 2

- "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas".

- Aprobado en la Comisión Constitucional del Congreso el 12 de mayo de 1978 por 30 votos a favor (UCD, PSOE, PCE, Minoría Catalana y PNV), dos en contra (AP) y dos abstenciones (Francisco Letamendía y Emilio Gastón, del Grupo Mixto).

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