Clíticos - Omisión de los pronombes clíticos

© Justo Fernández López www.hispanoteca.eu

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Estoy haciendo una traducción del inglés a un español muy sencillo. Esta traducción es para personas sordas y resulta que ellos no entienden muchas cosas como por ejemplo: cláusulas subordinadas, condicionales, muchos conectores, muchos adverbios y algunas cosas más.

El tipo de traducción que estoy haciendo conserva algunas reglas como: oraciones muy cortas máximo 10 palabras en donde tratamos de usar en su mayoría verbos en infinitivo, por lo cual mi pregunta se basa en: ¿es facultativo o obligatorio la omisión de pronombres clíticos? Por ejemplo:

“Yo quiero dar este libro a Juan” – “Yo quiero darle este libro a Juan” y muchos otros casos donde se usa le y les.

Los clíticos no se pueden omitir cuando sustituyen al objeto directo o indirecto del verbo en la misma oración. Se usan para no tener que repetir el objeto:

Ayer vi a Juan. Lo encontré cuando iba por la calle. Lo saludé de lejos, pero no pude hablarle porque yo iba con un grupo de turistas.

Los clíticos lo y le evitan tener que repetir en cada una de las oraciones que siguen a Ayer vi a Juan el complemento a Juan.

El clítico también puede tener la función de duplicar el complemento del verbo. En estos casos se da la coaparición del clítico y el complemento del verbo, es decir, el complemento estaría duplicado (clítico + complemento). Estos casos responden a las pautas siguientes:

a)

Cuando el pronombre personal tiene la función de objeto o complemento del verbo, hay que usar la forma átona (clítica). La forma tónica se puede añadir para dar más énfasis o para eliminar la ambigüedad: Me castigaron a mí; A ti te dieron el premio. No se puede eliminar el clítico: *Castigaron a mí; A ti dieron el premio. A veces hay que usar la forma tónica para dejar claro el género del clítico: Competían Juan e Isabel. Le dieron el premio a ella

 

Existen diferencias expresivas: la presencia del pronombre tónico denota un propósito de contraste o discriminación, ausente de la oración en la que solo aparece el pronombre átono; así, en Me castigaron a mí, frente a Me castigaron, se subraya el hecho de que ha sido solo a mí, y no a otros igualmente merecedores de ello o más culpables que yo, a quien se ha castigado.

b)

Si el complemento tónico no es un pronombre personal y aparece antepuesto al verbo, también es obligatoria la coaparición del pronombre átono, tanto si el complemento es directo como indirecto: A tu hermano lo vi en el cine (no *A tu hermano vi en el cine); La tarta la llevo yo (no *La tarta llevo yo); A mi madre le he dicho la verdad (no *A mi madre he dicho la verdad); A Juan le han denegado la beca (no *A Juan han denegado la beca). Hay casos en los que la anteposición del complemento es enfática, contrastiva. En estos casos no es obligatorio el clítico: Veinte euros te daré, y no cien (y no *Veinte euros te los daré, y no cien).

c)

El complemento indirecto aparece pospuesto al verbo. En este caso la coaparición del clítico es opcional. Es el caso más frecuente, sobre todo en la lengua oral: Le he dado propina al camarero. No le contado el secreto a nadie. Con los verbos gustar, encantar y sinónimos, la coaparición del clítico es obligatoria: ¿Les gustan a los niños las almendras?

 

La coaparición del clítico con el complemento indirecto suele ser necesaria también con los verbos de afección psíquica o física: molestar, divertir, interesar, cansar, etc., y con muchos otros, como parecer, resultar, convenir, etc., con los que el complemento indirecto designa, no al destinatario de la acción, sino al que la experimenta: ¿Les molesta a tus padres que te llame tantas veces por teléfono?

 

Si la función de complemento indirecto es desempeñada por cuantificadores universales todo, nadie o similares, la presencia del clítico no resulta siempre necesaria: Su decisión no (le) gustó a todo el mundo; Sus palabras no (le) molestaron a nadie.

c)

El complemento directo pospuesto al verbo no suele admitir la coaparición del clítico, salvo que se trate también de un pronombre personal, caso en el que es obligada.

 

Solo es normal la duplicación en todo el ámbito hispánico cuando el complemento directo tónico es el pronombre todo: Lo he oído todo. (Los) conozco a todos.

O cuando se trata de un referente animado y el complemento es un numeral precedido de artículo: (Los) invité a los cuatro.

O cuando el pronombre indefinido uno se refiere a la persona que está hablando: Si la ven a una vacilar, enseguida se aprovechan.

También favorecen la duplicación del complemento directo las oraciones de carácter enfático: Ya lo creo que se alegrará mucho.

 

La duplicación del complemento directo en otros casos, como

Lo vi a Miguel; La encontré por la calle a Maribel,

es ajena a la norma culta de gran parte del ámbito hispánico, aunque es normal en algunas regiones americanas, como en los países del Río de la Plata:

Al pasar la madre cerca del baño la vio a Mariana tomando comprimidos