Clíticos - Omisión de los pronombes clíticos |
© Justo Fernández López – www.hispanoteca.eu |
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Estoy haciendo una traducción del inglés a un español muy sencillo. Esta traducción es para personas sordas y resulta que ellos no entienden muchas cosas como por ejemplo: cláusulas subordinadas, condicionales, muchos conectores, muchos adverbios y algunas cosas más.
El tipo de traducción que estoy haciendo conserva algunas reglas como: oraciones muy cortas máximo 10 palabras en donde tratamos de usar en su mayoría verbos en infinitivo, por lo cual mi pregunta se basa en: ¿es facultativo o obligatorio la omisión de pronombres clíticos? Por ejemplo:
“Yo quiero dar este libro a Juan” – “Yo quiero darle este libro a Juan” y muchos otros casos donde se usa le y les.
Los clíticos no se pueden omitir cuando sustituyen al objeto directo o indirecto del verbo en la misma oración. Se usan para no tener que repetir el objeto:
Ayer vi a Juan. Lo encontré cuando iba por la calle. Lo saludé de lejos, pero no pude hablarle porque yo iba con un grupo de turistas.
Los clíticos lo y le evitan tener que repetir en cada una de las oraciones que siguen a Ayer vi a Juan el complemento a Juan.
El clítico también puede tener la función de duplicar el complemento del verbo. En estos casos se da la coaparición del clítico y el complemento del verbo, es decir, el complemento estaría duplicado (clítico + complemento). Estos casos responden a las pautas siguientes:
a) |
Cuando el pronombre personal tiene la función de objeto o complemento del verbo, hay que usar la forma átona (clítica). La forma tónica se puede añadir para dar más énfasis o para eliminar la ambigüedad: Me castigaron a mí; A ti te dieron el premio. No se puede eliminar el clítico: *Castigaron a mí; A ti dieron el premio. A veces hay que usar la forma tónica para dejar claro el género del clítico: Competían Juan e Isabel. Le dieron el premio a ella |
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Existen diferencias expresivas: la presencia del pronombre tónico denota un propósito de contraste o discriminación, ausente de la oración en la que solo aparece el pronombre átono; así, en Me castigaron a mí, frente a Me castigaron, se subraya el hecho de que ha sido solo a mí, y no a otros igualmente merecedores de ello o más culpables que yo, a quien se ha castigado. |
b) |
Si el complemento tónico no es un pronombre personal y aparece antepuesto al verbo, también es obligatoria la coaparición del pronombre átono, tanto si el complemento es directo como indirecto: A tu hermano lo vi en el cine (no *A tu hermano vi en el cine); La tarta la llevo yo (no *La tarta llevo yo); A mi madre le he dicho la verdad (no *A mi madre he dicho la verdad); A Juan le han denegado la beca (no *A Juan han denegado la beca). Hay casos en los que la anteposición del complemento es enfática, contrastiva. En estos casos no es obligatorio el clítico: Veinte euros te daré, y no cien (y no *Veinte euros te los daré, y no cien). |
c) |
El complemento indirecto aparece pospuesto al verbo. En este caso la coaparición del clítico es opcional. Es el caso más frecuente, sobre todo en la lengua oral: Le he dado propina al camarero. No le contado el secreto a nadie. Con los verbos gustar, encantar y sinónimos, la coaparición del clítico es obligatoria: ¿Les gustan a los niños las almendras? |
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La coaparición del clítico con el complemento indirecto suele ser necesaria también con los verbos de afección psíquica o física: molestar, divertir, interesar, cansar, etc., y con muchos otros, como parecer, resultar, convenir, etc., con los que el complemento indirecto designa, no al destinatario de la acción, sino al que la experimenta: ¿Les molesta a tus padres que te llame tantas veces por teléfono? |
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Si la función de complemento indirecto es desempeñada por cuantificadores universales todo, nadie o similares, la presencia del clítico no resulta siempre necesaria: Su decisión no (le) gustó a todo el mundo; Sus palabras no (le) molestaron a nadie. |
c) |
El complemento directo pospuesto al verbo no suele admitir la coaparición del clítico, salvo que se trate también de un pronombre personal, caso en el que es obligada. |
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Solo es normal la duplicación en todo el ámbito hispánico cuando el complemento directo tónico es el pronombre todo: Lo he oído todo. (Los) conozco a todos. O cuando se trata de un referente animado y el complemento es un numeral precedido de artículo: (Los) invité a los cuatro. O cuando el pronombre indefinido uno se refiere a la persona que está hablando: Si la ven a una vacilar, enseguida se aprovechan. También favorecen la duplicación del complemento directo las oraciones de carácter enfático: Ya lo creo que se alegrará mucho. |
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La duplicación del complemento directo en otros casos, como Lo vi a Miguel; La encontré por la calle a Maribel, es ajena a la norma culta de gran parte del ámbito hispánico, aunque es normal en algunas regiones americanas, como en los países del Río de la Plata: Al pasar la madre cerca del baño la vio a Mariana tomando comprimidos |