Laicidad - laicismo - laico - lego

© Justo Fernández López www.hispanoteca.eu

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No encuentro en el diccionario la palabra laicidad en ningún diccionario,

un concepto clave en el debate político de la España actual.

Laico: ‘que no sigue o enseña una doctrina religiosa’ / ‘independiente de la influencia religiosa’ / ‘que no es sacerdote ni pertenece a ninguna orden religiosa’. Laico es un cultismo (s. XIX). La palabra más antigua es lego (1220-50), del latín laicus ‘que no es clérigo’, y éste del griego laikós ‘perteneciente al pueblo’, ‘profano’, derivado del griego laós ‘pueblo’.

Laicidad: Esta palabra no se encuentra en la mayoría de los diccionarios monolingües (excepto en el Diccionario de Español en línea de la Universidad de Oviedo / Diccionario El Mundo). El francés laïcité y el italiano laicità se usan para distinguir la laicidad como ‘cualidad de la sociedad, el Estado o las instituciones que actúan y funcionan de manera independiente de la influencia de la religión y de la Iglesia’, del laicismo ‘doctrina o corriente ideológica que defiende la independencia del hombre, de la sociedad y del Estado de toda influencia eclesiástica o religiosa’.

«El laicismo debe ser denunciado como una perversión de las libertades democráticas. La libertad religiosa pertenece a los derechos más fundamentales de la persona humana y de la sociedad, sin otro límite que el necesario "para el mantenimiento del orden público protegido por la ley" (CE, 16). Laicidad y laicismo son, pues, términos distintos y distantes.» (José M. Martín Patino)

«El laicismo, la pretensión ilustrada de salvaguardar la libertad de conciencia cívica frente al libertinaje teocrático, será el peor enemigo para quienes se consideran oprimidos en cuanto se les limita su derecho a oprimir.» (Fernando Savater, en El País, 08.12.07)

La Constitución Española habla de la “aconfesionalidad del Estado”. Para algunos la laicidad es prácticamente la aconfesionalidad del Estado. Para otros, “aconfesionalidad” no sería equiparable a “laicidad”. Por otra parte, otros confunden la laicidad (cualidad de la sociedad / estricta neutralidad en relación con las confesiones religiosas / separación de Iglesia y Estado  y defensa de una ética laica) con el laicismo (ideología que propugna una libertad no condicionada por ninguna religión).

Los artículos que reproducimos a continuación reflejan el estado actual del debate.

Ver al final de esta página las definiciones de estos conceptos y vocablos afines.

Entre la 'laicidad' y el 'laicismo'

por José M. Martín Patino

«Entre nosotros no solemos utilizar la palabra laicidad. Ni siquiera figura en el DRAE (1992) que tengo a mano. En cambio nuestro discurso religioso está plagado de acusaciones al laicismo y los laicistas. Sirva de ejemplo el primer documento colectivo del Episcopado español, del 1 de enero de 1870, víspera del Vaticano I. Reunidos los 41 prelados españoles en Roma, en la residencia que mantenía allí el Primado de Toledo, tuvieron noticia del "proyecto de matrimonio civil" que el Gobierno español pensaba enviar enseguida a las Cortes. Según esta declaración, para la Iglesia católica "el matrimonio civil jamás será entre católicos otra cosa que un inmoral concubinato o un escandaloso incesto". La práctica pastoral de más de un siglo no ha confirmado esta aciaga predicción.

Franceses e italianos han tenido muchas más ocasiones de utilizar laïcité y laicità, para distinguirla claramente del laicismo, que es la perversión agresiva de la laicidad. Los diccionarios reflejan los usos y experiencias de cada pueblo. Nosotros apenas hemos descubierto la laicidad; siempre hemos montado guardia contra el laicismo. En torno a esta concepción del Estado neutral giraban los improperios de los católicos cuando el Gobierno intentaba tocar alguna cuestión fronteriza, como la libertad de cultos, la enseñanza o la sagrada institución del matrimonio.

La laicidad define el carácter y comportamiento del Estado con las confesiones religiosas. Se apoya en dos grandes principios: tiene que observar la más estricta neutralidad activa en relación con las confesiones religiosas y a su vez éstas no pueden ejercer su autoridad sagrada sobre el poder político. Para que esto sea factible, el Estado tendrá que crear un marco jurídico donde se haga posible la máxima libertad de conciencia. Para ello tendrá necesidad de una ética laica o neutral, que responda al consenso de una sociedad abierta y plural. Una vez que en Europa las luchas religiosas hicieron políticamente imposible la unanimidad ética, hubo que volver la mirada a la naturaleza humana comprendida e interpretada por la razón universal. Únicamente ésta podría ser la base común del consenso.

El laicismo debe ser denunciado como una perversión de las libertades democráticas. La libertad religiosa pertenece a los derechos más fundamentales de la persona humana y de la sociedad, sin otro límite que el necesario "para el mantenimiento del orden público protegido por la ley" (CE, 16). Laicidad y laicismo son, pues, términos distintos y distantes. Nuestra historia y las ideologías nos han obligado con frecuencia a elegir uno de los dos para empuñarlo como bandera contra el adversario político o religioso. Religión y laicismo atraparon a la convivencia española en un dilema infernal, sin tener en cuenta que el carácter laico del Estado, es decir, la laicidad llevada a la práctica de la vida pública, había sido propuesto por el Vaticano II.

Donoso Cortés comienza su Ensayo (1851), señero del pensamiento integrista, con la reflexión sorprendente de Proudhon: "Es cosa que admira el ver de qué manera en todas nuestras cuestiones políticas tropezamos siempre con la teología". Como observa Pedro Cerezo, "no puede haber otro poder por encima del que se pretende soberano. De ahí que el poder eclesiástico y el poder político secular tiendan, por su propia lógica interna, o bien a reabsorberse recíprocamente o, sencilla y llanamente, a eliminarse".

Hemos pagado caro el desconocimiento de nuestra propia historia. Carece de sentido sostener los mismos diagnósticos para aplicarle los mismos remedios del pasado. Por el hecho de no coincidir en la moral religiosa nos hemos quedado abandonados a la deriva relativista. Naturaleza y razón son de hecho instancias universales. Están en la entraña humana, en su fondo común emancipadas de las diferencias y cambios culturales. Entre los principios éticos, de por sí inmutables, y la acción política, en el marco de un orden democrático, hay que buscar el bien común y promoverlo mediante los medios del consenso y de la convergencia política. No es bueno empeñarse en mantener los remedios antiguos a problemas que plantean los cambios sociales y la ciencia moderna.

El régimen de separación entre la Iglesia y el Estado quedó zanjado en la Constitución de 1978. El Episcopado español tomó precisamente la iniciativa cuando advirtió sobre los inconvenientes del Estado confesional en la Declaración Colectiva de enero de 1973, casi tres años antes de la muerte del general Franco. Y el Cardenal Tarancón en la homilía ante el Rey, en la iglesia de los Jerónimos (27-11-1975), reafirmó la libertad y responsabilidad exclusiva del Estado. Como creyente y sacerdote, me preocupo especialmente de la Iglesia. El amor se demuestra mejor con el análisis autocrítico, como nos enseña Juan Pablo II en la Tertio Millenio Adveniente.

Sinceramente, me parece injusto o desproporcionado lo que he leído u oído estas últimas semanas en los púlpitos mediáticos, ante las leyes anunciadas por el Gobierno. No es cierto ni justo hablar de "Cristofobia", ni de "Nacional laicismo", ni incoar procesos de intenciones, ni dar por supuesto que se pretende destruir a la Iglesia. Estamos bien defendidos por los artículos 16 y 27 de la Constitución. Que yo sepa, no se ha pensado cambiar los acuerdos con la Santa Sede de 1979. Una vez más nos damos de bruces en el campo de la ética sexual y en la enseñanza. Las formas dialogantes son mucho más eficaces. Los medios de comunicación, con su forzada simplificación, alarman más de la cuenta al pueblo sencillo. Creo que no exagero si afirmo que hemos vuelto al desconcierto generalizado y a la esterilizante división de los fieles.

Por otra parte, corremos el riesgo de identificar al anticlericalismo con el laicismo. Nos sentimos como trasladados a las primeras décadas del siglo pasado. Sería bueno releer los documentos que reproduce el profesor Manuel Revuelta en su estudio El anticlericalismo español en sus documentos. No es lo mismo quejarse del peso social de la Iglesia en la vida pública y protestar contra el intervencionismo de sus representantes que pretender borrar la experiencia religiosa de nuestras vidas.

El teólogo A. Torres Queiruga advierte que el problema del matrimonio hetero u homosexual y de las parejas de hecho, el control de la natalidad, el divorcio o incluso el aborto y la clonación van más allá de las cuestiones particulares. La respuesta no puede ser simplista, pues ni las cosas son simples ni la razón está casi nunca sólo de un lado. Se trata de reconocer la laicidad de la ética. Y esto lo aplica a los grandes debates pendientes que mantiene la Iglesia en cuestiones que más o menos rozan el ámbito de lo sexual.

Aquí se presenta la gran tarea humana de reconstruir una ética laica, válida para creyentes y no creyentes. Tenemos que reconocer la autonomía del sujeto ético y, en consecuencia, su carácter originario como miembro de la humanidad. No podemos exigirle obediencia al Dios de los cristianos. No podemos seguir dando la impresión de que nos interesa más defender los principios que las personas, los derechos de la Iglesia más que el bien de la sociedad. Percepción sin duda injusta, pero de una terrible y devastadora eficacia.

La experiencia fue descubriendo la conducta que la Iglesia llegó a erigir como norma en el campo de la tolerancia, de la libertad religiosa, de la injusticia social... ¿Cabe esperar que en el ámbito de lo sexual seamos capaces de dialogar con los que invocan otros principios como sujetos éticos originarios? La nueva laicidad es la convicción de que no existe cultura alguna que no pueda contribuir a la elaboración de este nuevo códice ético ideal.

Hemos conseguido diseñar unos rasgos constitucionales de la laicidad. Habrá que reprimir a todos los impacientes. Si reconocemos la legitimidad del sujeto ético y sabemos escucharnos, veinticinco años no son mucho para cambiar los criterios éticos, sociales y políticos que han dominado en España durante dos siglos.» [Fuente: EL PAÍS  - Opinión - 05-11-2004] 

«El itinerario de desarrollo de la secularización y su dimensión político-jurídica, la laicidad, deja a la Iglesia al margen del poder. La persona de fe, el creyente, está protegido en las sociedades democráticas modernas por la libertad ideológica o religiosa y por las instituciones y los procedimientos de una democracia laica. La laicidad supone respeto para los que profesan cualquier religión, mientras que personas e instituciones religiosas con visiones integristas o totalizadores, lo que abunda en sectores católicos antimodernos, no respetan al no creyente. Por eso las instituciones laicas son una garantía mayor para todos. La laicidad es una situación, con estatus político y jurídico, que garantiza la neutralidad en el tema religioso, el pluralismo, los derechos y las libertades, y la participación de todos.

A veces, desde posiciones interesadas, se le ha intentado identificar con el laicismo, que es una actitud enfrentada y beligerante con la Iglesia. Es una maniobra más para desacreditar a la laicidad política y jurídica. Bobbio, una vez más, aclara definitivamente el tema: el laicismo es "un comportamiento de los intransigentes defensores de los pretendidos valores laicos contrapuestos a las religiones y de intolerancia hacia las fes y las instituciones religiosas. El laicismo que necesita armarse y organizarse corre el riesgo de convertirse en una Iglesia contrapuesta a otra Iglesia". Y como dirá al final de su texto: "¡Para Iglesia, nos basta con una!". Aunque el creyente está protegido con la laicidad, en sociedades democráticas, con la Constitución o la ley, no es protagonista político. Por eso, a los dirigentes eclesiásticos no les gusta este estatus y confunden laicidad con laicismo

[Gregorio Peces-Barba Martínez: “Sobre laicidad y laicismo”. En El País, 19/09/2007]

Un memo

Alfonso Ussía

«Dicho esto, quiero reafirmarme en el orgullo de ser un defectuoso cristiano y un incordiante católico. Pertenezco a la Iglesia y formo parte de la civilización cristiana que ha evolucionado a través de los siglos y cuya influencia ha facilitado los mayores avances de libertad, igualdad y respeto a los derechos de la humanidad. Creo que los cristianos, buenos o malos, vamos a vivir tiempos difíciles. El laicismo ha pasado a ser de una situación personal a una meta política.

El laicismo consiste, entre otras cosas, en perjudicar a la Iglesia a la que pertenece el 75% de los españoles y beneficiar la enseñanza del islam. El laicismo se ha convertido también en la obsesión de unos tontos. Por ello no hay que enfadarse por los ataques vulgares y sucios que un pobre presentador de programas basura de Telecinco pueda dedicar a los católicos. Basta con no sintonizar su programa. No hay que darle importancia –se llama Jordi no se qué– a las chorradas de un memo.»

[Alfonso Ussía: „Un memo“. En: La Razón, 17.11.2004]

Estado aconfesional

por Ángel López-Sidro López

«Resulta fatigosa la tarea de aclarar conceptos que deberían ser bien conocidos, y es además desmoralizante cuando tales conceptos se refieren a nuestra propia identidad. El error tiene unas asombrosas propiedades contaminantes, y su afrenta se extiende como una mancha de aceite. Ignoro qué clase de predisposición es la que provoca esto, pero lo cierto es que la verdad debe luchar sin descanso para ser reconocida, mientras que la idea equivocada o falsa triunfa sin esfuerzo, casi por aclamación.

El error al que me refiero ahora es aquel que convierte España, por arte de birlibirloque, en un país laico. Y además, para mayor estupefacción, lo hace con la autoridad de la Constitución. Hemos superado ese estado, hasta cierto punto comprensible, de ignorancia por falta de lectura de nuestra ley fundamental, para descender a una suerte de colegislación popular, que atribuye a la llamada carta magna todo tipo de proclamaciones inauditas, o al menos clamorosamente falsas.

Empecemos por lo más obvio: en ningún lugar de nuestra Constitución se afirma que España sea un país laico. Ni siquiera los términos laico, laicidad o laicista aparecen por parte alguna. Habrá que suponer que la referencia se hace a una proclamación sustancialmente diferente, la del artículo 16.3, donde se dice que «ninguna confesión tendrá carácter estatal». La aconfesionalidad aquí establecida no es sinónimo de laicidad. Puede comprenderse la confusión en un nivel coloquial, pero no es admisible cuando se pretende justificar una presunta voluntad constitucional por medio de ese cambalache. La no confesionalidad significa que el Estado español no profesa ninguna fe religiosa, que no se adhiere a la doctrina de una religión determinada, sino que las considera a todas por igual, en el sentido que sea.

Para entender todo el alcance de lo que la Constitución establece no basta con detenerse en esto. Es preciso continuar la lectura del artículo 16.3, que a continuación compromete a los poderes públicos a «tener en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española». Por si esto no fuera suficiente, la redacción del precepto se completa afirmando que se «mantendrán relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones».

No son propios de un Estado laico o laicista estos pronunciamientos, ya que en aquel se persigue una separación estricta entre el ámbito público y el religioso, partiendo de la incompetencia radical del Estado en esta materia y deslizando la idea de que desea mantenerse «incontaminado» de lo religioso. Como hemos visto, no es esto lo dispuesto en nuestra Constitución. No se trata ya de que se reconozca la libertad religiosa (art. 16.1) como posibilidad de los individuos y los grupos de profesar y practicar una fe libremente escogida; sino que se van a tener en cuenta esas creencias, es decir, se va a tener en cuenta la realidad religiosa existente en España, y a partir de ahí se abre la posibilidad a cooperar con las confesiones, como interlocutoras y representantes legítimas de esas creencias.

Queda un matiz por deshacer del error señalado al principio. Ya no es sólo que no se pueda predicar la laicidad de nuestro país; es que en todo caso, de ser esto posible, habría que atribuirla al Estado, es decir, a los poderes públicos. Nunca se puede decir que España como país, o la sociedad española, son laicas, porque es algo radicalmente falso. De hecho, todas las estadísticas señalan la religiosidad abrumadoramente mayoritaria de los españoles, en uno u otro grado, y especialmente identificada con la fe católica. Para afirmar que España es un país laico tendríamos que encontrarnos con una sociedad atea, desligada por completo de cualquier religión o creencia trascendente, y esto no es así.

Ahora habría que preguntarse por qué se difunden con tanto éxito mentiras tan torpes como éstas, y una fácil deducción nos responde a ello. Airear que España es un país laico supone, en primer lugar, ocultar la realidad. Enseguida, esto supone cubrir con un velo de inoperatividad el mandato constitucional de que los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de los españoles. Y, en última instancia, la eliminación de tales premisas hará inviable la previsión de cooperar con las confesiones, sustituyéndose de esta forma, por vía de hecho, una aconfesionalidad sensible a las creencias sociales y cooperante con los grupos religiosos, por una actitud laicista que construye el muro de la vergüenza alrededor de lo religioso.

En definitiva, habría que concluir que España no es un país laico, pero existen maniobras decididas para que llegue a serlo, diga lo que diga la Constitución. Y es que hay que tener rapidez de reflejos para advertir que cuando alguien intenta arrojarnos la Constitución a la cabeza, lo que lanza en realidad son piedras, y caen sobre el tejado de todos.» [La Razón - 4.IV.2004]

OPINIÓN

Una confusión a deshacer

El Estado español es aconfesional, que no quiere decir que sea laicista

por Josep Miró i Ardèvol

15/11/2001

«¿Es laico el Estado español? ¿Lo son la mayoría de Estados de la Unión Europea? La pregunta es adecuada por la reiteración con la que surge este concepto como argumento principal a la hora de debatir determinadas cuestiones, como la clase de religión o la contratación de los profesores que tienen que impartir la asignatura.

La respuesta concreta, el sí o el no, depende de lo que cada uno se imagina que significa el concepto laico. Si alguien lo interpreta en el sentido ideológico de laicista, donde la religión queda relegada a un asunto personal y privado, sin derechos específicos ni posibilidad de presencia en el espacio público - la escuela, por ejemplo -, la respuesta rotunda es no. El Estado español, como la mayoría de países europeos, no es en este sentido laico. El error de interpretación, cuando es producto de la buena fe, nace de una lectura equivocada de lo que dice la Constitución española (CE). Un ejemplo paradigmático era una carta publicada en el Avui, que negaba el pan y la sal en la clase de religión en nombre del art. 16.3 CE, que dice que ninguna confesión tendrá el carácter de estatal. Es decir, el punto nos dice que el Estado no tiene confesión religiosa, que es aconfesional, neutral ante el hecho religioso, sin embargo, atención, no indiferente y menos aun restrictivo con él. Al contrario, lo valora positivamente, si bien no se adscribe en concreto a ninguna confesión. En este sentido de aconfesionalidad - y libertad religiosa - sí que podemos hablar de Estado laico, no de laicista.

El Estado español, como la mayoría de Estados democráticos de base católica, es aconfesional, no laicista. En los países con Iglesias protestantes hay, o bien ha habido hasta hace relativamente poco, confesionalidad o vestigios de ella. En los dos extremos, confesionalidad plena del Estado y laicismo ideológico, sólo hay dos países en la Unión: Grecia, por una parte, y Francia por la otra. Además, y en muchos casos, la religión mayoritaria, vinculada a los fundamentos históricos y culturales del país, tiene una consideración especial. Así sucede con la Iglesia católica en Irlanda, España, Italia, lands católicos alemanes, etc. - que tienen acuerdos específicos con la Santa Sede -o también, sin embargo en un plano diferente, aquellos países que tienen Iglesias reformadas nacionales, como Inglaterra y Suecia.

En resumidas cuentas, el Estado español tiene carácter de aconfesional y su legislación prevé positivamente el hecho religioso, especialmente el catolicismo. La consecuencia es el derecho que está presente en la vida pública, que se concreta de diversas maneras. Por ejemplo, y en el caso de la enseñanza de la religión, con lo que establece el art. 27.3 CE como ''derecho que asiste los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones''. De manera coherente con el punto anterior, el acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre enseñanza estipula que (art. II) ''Los planes educativos incluirán la enseñanza de la religión católica en todos los centros de educación en condiciones equiparables al resto de disciplinas fundamentales. Con respecto a la libertad de conciencia (la libertad religiosa como fundamento del Estado aconfesional) la enseñanza no será obligatoria, pero se garantizará el derecho a recibirla. Las autoridades académicas adoptarán las medidas oportunas para que el hecho de recibir o no recibir la enseñanza religiosa no suponga ninguna discriminación''. Por tanto la enseñanza de la religión es un derecho, tiene carácter obligatorio para todas las escuelas, es de adscripción voluntaria en función del criterio de los padres, con rango igual a las asignaturas fundamentales, y sin que su enseñanza pueda dar lugar a discriminación. Naturalmente, en nuestro país se vulneran los derechos, sin embargo no por impartir clases de religión sino porque, en la práctica, todavía no tiene el carácter de asignatura fundamental y es discriminada en diversos centros públicos sin que la autoridad educativa intervenga.

Todo lo que se ha dicho está sobradamente desarrollado, y si alguien tiene interés puede acudir a las leyes orgánicas de libertad religiosa (arte 2.1c), derecho a la educación (arte 4c), y de ordenación general del sistema educativo (la famosa LOGSE), en el preámbulo y disposición general segunda. A remarcar tres características nada menores: son leyes orgánicas, es decir, de rango superior al resto de la legislación. Una de ellas, la de libertad religiosa, es una ley de consenso; las otras dos están hechas en el periodo de mayoría socialista, y en el caso de la LOGSE, que para algunos sectores ideológicos tiene un valor emblemático, remite directamente a los acuerdos con la Santa Sede. Quien se sitúe dentro del marco constitucional tiene que asumir toda esta regulación, y quien se sitúe fuera tiene que cumplirlo. Y aquí hay que recordar uno hecho evidente: la Constitución española es un pacto entre diversas concepciones políticas. Lo es en el ámbito nacional, y también en el político, social, e incluso electoral, en el que impone el sistema proporcional precisamente por razones históricas. Pues bien, este pacto afecta también al hecho religioso. Querer incumplirlo por la vía de la tergiversación y el hecho consumado es una práctica contra la más elemental convivencia y sentido de la cohesión social.

En lo que concierne a aspectos más precisos que han sido objeto de controversia, hay que remarcar que corresponde a la Iglesia católica indicar los contenidos, proponer los textos y material didáctico (art. VI ACEAC) y proponer cada año los profesores que tienen que impartir la enseñanza (art. III ACEAC). En este sentido, y con relación al nombramiento de los profesores, es responsabilidad del obispo de cada lugar velar para que ''destaquen por su recta doctrina, por su testimonio de vida cristiana y por su aptitud pedagógica''; eso es, que expliquen aquello que la Iglesia tiene establecido, que lo hagan con capacidad de ser quien acompaña al niño (éste es el significado de pedagogo) y que expresen en hechos de vida su fe, por la elemental razón que el catolicismo antes que una doctrina es una experiencia: lo primero que dice Jesús en el Evangelio es ''venid y lo veréis'' (Juan 1,39); llama a la experiencia que una vez asumida se hace testimonio. El pedagogo de religión tiene que acompañar al niño con su propia experiencia de vida religiosa vivida en el marco de la pertenencia a la Iglesia. De aquí nace la exigencia sobre la conducta de los profesores de religión. También lo es porque la formación religiosa se imparte desde la fe, y no desde la indiferencia o la beligerancia. Es una educación en la fe (y no de la fe, que eso corresponde a la catequesis parroquial).

Ni esta sociedad es laicista, ni esta concepción tiene ninguna especial consideración, ni tiene ninguna prerrogativa más allá del régimen general de libertades fundamentales (expresión, asociación, etc.). No hay un derecho a recibir formación laicista en la escuela ni a disponer de un cuerpo de maestros como existe en materia religiosa. El laicismo no es una categoría superior que arbitre sobre las religiones en el espacio público, sino una opción personal y privada. Y eso afecta también a la vida de las instituciones: ayuntamientos, parlamentos, gobiernos, sin embargo éste es otro tema.»

josepmiro@e-cristians.net

[http://www.mercaba.org/FICHAS/Sociedad/estado_espagnol_es_aconfesional.htm]

ESTADO LAICO VS ESTADO ACONFESIONAL

por Rafael Gallego Sevilla

«Defiende el profesor Rul.lan Buades (Diario Córdoba, 4-I-2004) el intervensionismo estatal en cuestiones de conciencia pretendiendo que es factible y deseable que el Estado promueva la religiosidad “sin dar preferencia a ninguna religión”.

El primer error es considerar que el derecho a la Libertad de Conciencia que recogen las cartas de Derechos se reduce a la práctica de religiones. Este derecho se refiere a la libertad de los individuos a mantener cualesquiera creencias o convicciones, dentro del respeto a la convivencia ciudadana, sin que ningún poder público pueda valorar si son trascendentes o naturalistas, absurdas o sensatas, “buenas” o “malas”, ni ningún otro aspecto de su contenido. La Libertad de Conciencia por tanto implica que el Estado no puede atender las demandas de prebendas y exenciones de las jerarquías  de las  organizaciones religiosas, en función de la presunta bondad, antigüedad o popularidad de las creencias particulares que dichas organizaciones promueven.

El segundo error es pretender que el Estado puede tutelar este derecho mediante su intervención paternal. Por el contrario, el derecho a la Libertad de Conciencia implica que el Estado no puede ni siquiera preguntar por cuales son nuestras creencias o convicciones: ¿cómo puede defenderse entonces que puede haber una tutela efectiva?

La clasificación adecuada de los Estados es la de aquellos donde se respeta la Libertad de Conciencia de los ciudadanos y aquellos en los que las administraciones se inmiscuyen en las creencias o convicciones de los mismos, fomentando unas y desconociendo o persiguiendo otras. La primera situación es la de países como Francia o EE.UU., la segunda, mayoritaria en el mundo, es la de Iran, Israel, China, Pakistán o España.

Esta tutela estatal de las conciencias sólo lleva a sinsentidos. Así, considerar como opciones válidas de conciencia a efectos de su tutela y fomento, como ocurre en España (Ley de Libertad Religiosa, 1980), aquellas que cumplen ciertos vagos requisitos tales como “notorio arraigo” o “tradición” sería equivalente a pretender que se defiende la Libertad de Expresión autorizando la publicación de periódicos únicamente a las empresas que ya tengan otros con  “tirada notoria” o “tradición empresarial”.

No hay punto medio: el Estado respeta la Libertad de Conciencia de los ciudadanos mediante el expediente de la estricta neutralidad (laico) o no lo hace (confesional, multiconfesional o ateo).»

Rafael Gallego Sevilla

Catedrático de Universidad

Coordinador de la Asoc. GRANADA LAICA (granadalaica@terra.es)

Miembro de la Asoc. Europa Laica

[Fuente: http://www.imfegranada.es/cescuela/Laico/RG1.htm]

¿Estado aconfesional? Con la Iglesia hemos topado

por Teresa Galeote

«La Constitución española dice que España es un Estado aconfesional, pero al igual que muchos preceptos constitucionales solo son letras sobre el papel; la realidad es otra.

La Constitución española dice que España es un Estado aconfesional, pero al igual que muchos preceptos constitucionales solo son letras sobre el papel; la realidad es otra.

En nuestro suelo patrio, la Iglesia Católica siempre ha gozado de privilegios económicos y de influencias sobre las conciencias de su fieles y de los otros; ese es el estado de la cuestión. La Iglesia Católica quiere incidir en la legislación del gobierno y en las voluntades de sus ciudadanos que, católicos o no, quieren vivir con los mismos derechos que el resto de la sociedad, aunque ahí están los diferentes movimientos para impedirlo: Opus Dei, Legionarios de Cristo y otros similares.

Se rebelan contra el intento del gobierno de privarles de los grandes privilegios económicos, o de que la religión ya no sea una asignatura obligada en las escuelas públicas. Y es que la libertad de elegir entre ser católico, protestante, evangelista, judio, Budista, musulman, testigo de Jeova, ateo, panteísta, mormón y cuantas iglesias existan, sólo es patrimonio del individuo, y lo único que debe pedirse es libertad y seguridad para poder ejercer el culto, ¿acaso no están garantizadas dichas premisas en la Constitución? ; ¿a qué viene tanto escándalo?

El resto sólo pone de manifiesto la grandísima influencia de la que han gozado durante toda nuestra historia. A la Iglesia Católica se la financia a través de la declaración de la renta y de los Presupuesto Generales del Estado y eso quiere modificarlo el gobierno actual. Se argumenta que hay ocho millones de católicos y que merecen un trato de favor; curiosa cifra que es similar a los pobres que moran sobre nuestras tierras. Pedir a la totalidad de la sociedad que financie a la Iglesia Católica atenta contra la propia Constitución, no sólo en lo que se refiere al Estado "aconfesional", sino al derecho de igualdad entre el resto de los ciudadanos. Ellos dirán que la tradición católica se alza como un derecho divino, aunque todos sabemos que las tradiciones se fomentan. Hay que reconocer al Partido Popular el esfuerzo realizado durante su mandato en dicha materia; ha reforzado a la Iglesia Católica con el dinero de todos, obviando otros derechos sociales fundamentales.

Somos muchos los que seguimos esperando que se dé, en la práctica, lo que las leyes establecen. Si éstas no son satisfactorias para alguna institución, también existe la posibilidad de cambiarlas, pero mientras tanto hay que asumirlas. Los tímidos pasos que se habían dado durante los gobiernos anteriores fueron revisados por el gobierno del PP y ocho años de mandato han sido suficientes para que la Iglesia Católica se sienta con fuerza suficiente para reclamar lo que considera suyo. Y es que en este "santo país", hasta hace poco considerado como la reserva espiritual de occidente, se da un paso adelante e inmediatamente hay zancadillas.

Recuerdo que la Conferencia Episcopal puso el grito en el cielo cuando el gobierno socialista puso una casilla en la declaración de la renta para "otros fines", Ahora vuelve a pasar con el tema de la religión en la escuela, con el matrimonio entre homosexuales, o entre lesbianas y en el tema de la adopción de niños, etc.

"El pasado pesa como una losa", dijo Descartes; el nuestro pesa más mucho más. La Contrarreforma impuso la Religión Católica como la única y verdadera negando cualquier otro pensamiento, incluso el científico, La Santa Inquisición se creo para procesar a todos los que se salieran de las normas establecidas, y hay que ver las barbaridades que hicieron, los intentos del S XIX por hacer de España un estado Moderno fracasaron, ya en el siglo XX, la II República hizo serios intentos por hacer una clara demarcación entre la Iglesia y los derechos civiles. Después de la sublevación franquista, apoyada por los gobiernos fascistas de Italia y Alemania, el manto del Nacional-Catolicismo cayó sobre España y la negación de las libertades y derechos se impuso. Hay que reconocer que son incansables luchadores; ahora, vuelven a intentarlo. No se paran a pensar que no tienen razón, que los derechos deben ser los mismos para todos y para todas, que el querer privilegios por encima de los otros no es un predicamento cristiano.

¿Hasta cuándo la Iglesia católica va a seguir metiéndose en la vida y la conciencia de los no católicos, en la de los homosexuales y lesbianas cuando pretenden casarse de la misma forma que los heterosexuales, en la de las mujeres que no desean traer más hijos al mundo de los que puedan educar y alimentar con dignidad?»

¿Hasta Cuándo?

Teresa Galeote. Alcalá de Henares, Madrid.

Redactora, El Inconformista Digital.

[http://www.geomundos.com/ongs/solidaridad/documentos.asp?id=1300]

La resistencia democrática

por Fernando Savater

El País, 20.11.2004

«Racismo sería considerar que ciertas prácticas, como el esclavismo, la antropofagia o el avasallamiento de la mujer están necesariamente ligados a determinadas etnias; pero quienes las denuncian y piden a los que las ejercen que cambien de conducta son precisamente lo contrario de racistas. Ni es "antiamericano visceral" quien critica la política del actual Ejecutivo norteamericano ni es xenófobo o racista quien señala los aspectos incompatibles con la democracia de ciertos planteamientos integristas islámicos, que pueden modificarse históricamente como lo fueron otros semejantes de otras doctrinas.

Y ello conduce a replantearse no ya el papel de las religiones, sino el papel de las iglesias en las sociedades democráticas, es decir, laicas. Como está tristemente demostrando gran parte de la jerarquía católica en nuestro país, muchos clérigos consideran que se les persigue en cuanto se les cercena la capacidad de perseguir.

No consideran las creencias religiosas como un derecho de cada cual, sino como un deber de todos (coinciden en esta actitud, por cierto, con los nacionalistas: ¿por qué será?). De modo que resulta tanto más importante que la educación escolar no contenga la prolongación institucionalizada y públicamente financiada de los dogmas clericales de cada grupo, sino una consideración abierta y crítica de las exigencias morales de la ciudadanía.»

«Mi tercera reflexión tiene que ver con el cambio de lenguaje llevado a cabo por los socialistas. Han renunciado a utilizar la palabra "laicismo", definida por el Diccionario de la Real Academia, en su vigésima segunda edición, como "doctrina que defiende la independencia del hombre (sic) y de la sociedad, y más particularmente del Estado, de cualquier organización o confesión religiosa", quizás para no airar a los obispos, que la entienden erróneamente como persecución contra la religión, y la han sustituido por "laicidad", que ni siquiera está registrada en el citado diccionario. El cambio de lenguaje es ya en sí sospechoso.»

[Juan José Tamayo, director de la Cátedra de Teología y Ciencias de las Religiones de la Universidad Carlos III de Madrid. El País, 19.07.2008]

Citas de Xavier Zubiri

fe personal y cristianismo

«No todos los hombres van a entrar en el Reino de Dios. Pero no es por razón de no haberse bautizado. La célebre frase de que “no hay salvación fuera de la Iglesia”, que tanto trabajo y tantas torturas dio a los teólogos medievales, no quiere decir que no se salven más que los que han pertenecido explícitamente a la Iglesia. De ninguna manera: lo que se quiere decir es que los que se salvan (pertenezcan o no a la Iglesia católica) se salvan gracias a que, en última instancia, como derivan de Cristo, derivan de la Iglesia. Toda salvación es crística, lo cual no quiere decir ni remotamente que todos los crísticamente salvados pertenezcan a la fe cristiana. El buen budista se salva crísticamente, precisamente porque es buen budista, y no a pesar de haber sido un buen budista. Hay, pues, un momento de universalidad que es esencial. El Reino de Dios es, en primer lugar, el έσχατον, el término, al cual tiende el proceso histórico del pueblo de Dios. En segundo lugar, tiene un carácter de unidad, de una unidad que es la deiformidad de todos los hombres.»

[Zubiri, Xavier: El problema teologal del hombre: Cristianismo. Madrid: Alianza Editorial, 1997, 445-446]

«Yo estoy vertido a Dios desde mi concreta realidad personal, porque la fe es la entrega de mi persona, la mía – no es la fe de una persona, sino mi entrega, la de mi persona –, lo cual obliga a preguntarse por la concreción de esta fe. Esto no es meramente un hecho sino algo que es un constitutivo formal y esencial de la fe en cuanto tal. Ninguna fe es fe si no es mi fe. El momento de fe es mi creencia, mi entrega a la realidad personal de Dios, que no sólo está manifiesto a los hombres y a la humanidad, sino a mí como persona. La fe es esencialmente personal. Y la persona es siempre mi persona, la mía, instransferible y incambiable por otras. La fe es mía por varias razones. [...]

La recta intelección de que la índole de la persona entre como ingrediente constitutivo del acto de fe, eliminaría de raíz, o por lo menos pondría en su verdadero sitio, a tantas consideraciones que se hacen en razón de los caracteres particulares de las personas. Se dice, por ejemplo, que tal persona cree porque es un neurótico, pero esto sólo quiere decir que será creyente neuróticamente, pero no que no sea personalmente creyente. Es una personalidad distinta, poer es una personalidad mía con sus neurosis, con sus lacras, con sus cualidades y disposiciones, y es esa personalidad la que decide. Es mi fe, la fe de mi persona. Será la misma fe que la que tiene otra personalidad, pero esto lo es por razón del término sobre que recae la fe.

Pero añadamos que esta persona concreta por razón de su personalidad tiene, además de su concreción determinada, sus dimensiones no sólo indivual, sino también social y histórica. No es lo mismo la fe de cualquier religión en sociedades distintas, ni en una misma sociedad que cambia y varía en el tiempo y en el espacio. Esto sería quimérico. [...]

Pero, además, la fe es concreta por un momento mucho más sutial, en el que es preciso insistir. Cada uno tiene o puede tener su idea de Dios, por razón del término de su fe. No me refiero a que uno sea politeísta y el otro sea monoteísta. Dentro, por ejemplo, del monoteísmo cristiano un santo puede tener una idea de Dios distinta a la que tiene otro. Dios no solamente es Dios, sino que es mi Dios. Uno ve a Dios desde el punto de vista justamente de la verdad personal de Dios, pero referido esencialmente, si no no habría diversidad, a aquellas dimensiones por las cuales Dios me hace donación a mí. En su definición puede ser para todos igual, pero no es para todos igual la fe vivida. Hay quien ve a Dios, sobre todo y en primera línea, como misericordioso, como caritativo; hay quien lo ve como entre supremo. Cada uno tiene su Dios; el suyo; a fortiori, si consideramos la idea de Dios en las distintas religiones.»

[Zubiri, Xavier: El hombre y Dios. Madrid: Alianza Editorial, 1984, p. 300 ss.]

«La verdad cristiana irá indefectiblemente conquistando espíritus. Ahora bien, esto no significa que el mundo irá haciéndose cristiano. Todo lo contrario. Probablemente el Apocalipsis de san Juan nos abre las puertas de una vía distinta: no se trata de una marcha triunfal del Cristianismo, tal vez larga y penosa, pero en definitiva ejecutiva, al término de la cual el mundo terminará siendo formalmente cristiano en cuanto mundo. Esto no está dicho en ninguna parte. Probablemente la visión más interna del Apocalipsis es justamente la inversa: el mundo no será cristiano; habrá muchos cristianos, pero al margen del mundo que, como tal, no será cristiano. Al mundo le psasará lo que le pasó a Cristo: que murió en la cruz. Un mundo que no será cristiano: habrá muchos cristianos, pero sólo al margen de su mundo. En esta forma es como Cristo estará con nosotros hasta la consumación de los siglos (cf. Mt 28, 20). El Cristianismo no actúa sobre los espíritus tan sólo por la existencia triunfante de un cuerpo objetivo dentro de una sociedad políticamente organizada. Justamente al revés: el Cristianismo actúa en profundidad. [...]

La verdad cristiana está presente en las demás religiones como la expectación de algo que apunta a un momento transhistórico. Es la expectación del momento en que la verdad de Dios y del Cristianismo se establezca, no sobre la Tierra, sino ante los hombres, en forma transhistórica.»

[Zubiri, Xavier: El problema filosófico de la historia de las religiones. Madrid: Alianza Editorial, 1993, p. 345-346]

Vocabulario

«Lego, 1220-50.

Del latín laicus ‘que no es clérigo’, ‘propio del que no lo es’, y éste del griego laikós ‘perteneciente al pueblo’, ‘profano’, derivado de laós ‘pueblo’. De ahí además el cultismo laico, S. XIX.

Derivados: Laicismo, Laicizar

[Corominas, Joan: Breve diccionario etimológico de la lengua castellana. Madrid: Gredos, 1967]

lego, ga

adj. y s. Seglar, que no tiene órdenes clericales.

Falto de instrucción en una materia deter minada: soy lego en derecho mercantil.

Se dice de la persona de una comunidad religiosa que aun siendo profeso no tiene opción a las órdenes sagradas: fraile lego; monja lega; las legas ayudan en la cocina.

Los antónimos de lego son: clérigo (definición)

clérigo

El que ha recibido las órdenes sagradas de alguna religión cristiana: clérigo de san Viator.

En la Edad Media, hombre letrado o docto.

laico, ca

No eclesiástico ni religioso, civil: misionero laico.

También s.: los laicos colaboran con la Iglesia.

Se dice de la escuela o enseñanza que prescinde de la instrucción religiosa: colegio laico.

Antónimos: eclesiástico, religioso, espiritual

laical

adj. De los laicos o relativo a ellos: trabajos laicales.

laicidad

Cualidad de la sociedad, el Estado o las instituciones que actúan y funcionan de manera independiente de la influencia de la religión y de la Iglesia: la laicidad de este colegio es evidente.

laicismo

Doctrina que defiende la independencia del hombre, de la sociedad y del Estado de toda influencia eclesiástica o religiosa: el laicismo es una corriente imperante en la actualidad.

laicista

adj. Del laicismo o relativo a él: teoría laicista.

com. Partidario de esta doctrina: los laicistas no son ateos.

laicizar

tr. Hacer laico o independiente de toda influencia religiosa, convertir al laicismo. Se conj. como cazar.

secular

adj. seglar, no religioso.

Se dice del clero o sacerdote que no vive en un convento ni pertenece a ninguna orden religiosa: sacerdote secular. También m.

Que se repite cada siglo, dura un siglo o desde hace siglos: tradición secular.

seglar

adj. y com. Que no es religioso, eclesiástico o monacal: predicador seglar; los seglares no intervienen en la política eclesiástica.

Secular, de la vida, estado o costumbre del mundo no religioso o civil: matrimonio, asociación seglar.

civil

adj. Cívico, de la ciudad o los ciudadanos: derechos civiles.

Que no es militar o eclesiástico. También com.: fiesta civil; los civiles no llevarán uniformes.

DER. De las relaciones o intereses privados con respecto a las personas, su estado o sus bienes: legislación civil.

DER. Véase derecho civil.

com. Guardia civil: temían a los civiles.

clerical

adj. Del clero o relativo a él o con alguno de sus miembros: vestiduras clericales.

Se aplica a la persona que está muy influida por el clero y sus directrices.

eclesiástico, ca

adj. De la Iglesia o relativo a ella, en particular referido a los clérigos: dignidad eclesiástica.

m. Hombre que ha recibido las órdenes religiosas; clérigo.

profano

adj. Que no es sagrado ni tiene relación con las cosas sagradas: teatro profano.

Irrespetuoso o irreverente con las cosas sagradas: su novela es profana con la religión católica.

adj. y s. Que carece de conocimientos y autoridad en una materia: lo explicaré más llanamente para los profanos.

[Diccionarios El Mundo]

lego, ga. (Del lat. laĭcus, y este del gr. λαϊκός, popular).

1. adj. Que no tiene órdenes clericales. U. t. c. s.

2. adj. Falto de letras o noticias.

3. m. En los conventos de religiosos, el que siendo profeso, no tiene opción a las sagradas órdenes.

4. f. Monja profesa exenta de coro, que sirve a la comunidad en los trabajos caseros.

fiador lego llano y abonado

juez lego

patronato de legos

clérigo. (Del lat. clerĭcus, y este del gr. κληρικός).

1. m. Hombre que ha recibido las órdenes sagradas.

2. m. Hombre que tenía la primera tonsura.

3. m. En la Edad Media, hombre letrado y de estudios escolásticos, aunque no tuviese orden alguna, en oposición al indocto y especialmente al que no sabía latín.

4. m. En la Edad Media, hombre sabio en general, aunque fuese pagano.

~ de cámara.

1. m. El que ha obtenido un nombramiento honorífico en el palacio del Papa.

~ de corona.

1. m. El que solo tenía la primera tonsura.

~ de menores.

1. m. El que solo tenía las órdenes menores o alguna de ellas.

~ de misa.

1. m. Presbítero o sacerdote.

~ pobre de la Madre de Dios.

1. m. escolapio (sacerdote de las Escuelas Pías).

laico, ca. (Del lat. laĭcus).

1. adj. Que no tiene órdenes clericales. U. t. c. s.

2. adj. Independiente de cualquier organización o confesión religiosa. Estado laico. Enseñanza laica.

laical. (Del lat. cristiano laicālis).

adj. Perteneciente o relativo a los laicos o legos.

capellanía laical

laicismo. (De laico).

Doctrina que defiende la independencia del hombre o de la sociedad, y más particularmente del Estado, respecto de cualquier organización o confesión religiosa.

laicista.

1. adj. Partidario del laicismo. U. t. c. s.

2. adj. Perteneciente o relativo al laicismo.

laicizar.

tr. Hacer laico o independiente de toda influencia religiosa.

aconfesional.

adj. Que no pertenece o está adscrito a ninguna confesión religiosa. Estado, partido aconfesional.

profano, na. (Del lat. profānus)

[profanus = ‘lo que está antes o fuera del templo (fánum)]

1. adj. Que no es sagrado ni sirve a usos sagrados, sino puramente secular.

2. adj. Que no demuestra el respeto debido a las cosas sagradas.

3. adj. Que carece de conocimientos y autoridad en una materia. U. t. c. s.

4. adj. Libertino o muy dado a cosas del mundo. U. t. c. s.

5. adj. Inmodesto, deshonesto en el atavío o compostura.

ateo, a. (Del lat. athĕus, y este del gr. ἄθεος).

adj. Que niega la existencia de Dios. Apl. a pers., u. t. c. s.

agnóstico, ca. (Del gr. ἄγνωστος, ignoto).

1. adj. Perteneciente o relativo al agnosticismo.

2. adj. Que profesa esta doctrina. Apl. a pers., u. t. c. s.

pagano, na.

(Del lat. pagānus, aldeano, de pagus, aldea, pago, que en lat. eclesiástico adquirió el significado de gentil por la resistencia del medio rural a la cristianización).

1. adj. Se dice de los idólatras y politeístas, especialmente de los antiguos griegos y romanos. U. t. c. s.

2. adj. Se dice de todo infiel no bautizado. U. t. c. s.

secular. (Del lat. seculāris).

1. adj. seglar.

2. adj. Que sucede o se repite cada siglo.

3. adj. Que dura un siglo, o desde hace siglos.

4. adj. Dicho de un sacerdote o del clero: Que vive en el siglo, a distinción del que vive en clausura. Apl. a pers., u. t. c. s.

brazo secular

clero secular

seglar. (Del lat. saeculāris).

1. adj. Perteneciente o relativo a la vida, estado o costumbre del siglo o mundo.

2. adj. Que no tiene órdenes clericales. U. t. c. s.

brazo seglar

civil. (Del lat. civīlis).

1. adj. ciudadano (perteneciente a la ciudad o a los ciudadanos).

2. adj. Sociable, urbano, atento.

3. adj. Que no es militar ni eclesiástico o religioso. Aviación civil. Cementerio civil.

4. adj. Der. Perteneciente o relativo a las relaciones e intereses privados en orden al estado de las personas, régimen de la familia, sucesiones, condición de los bienes, contratos y responsabilidad por daños. Ley, acción, pleito, demanda civil.

5. adj. Der. Se dice de las autoridades laicas y de sus funciones, en oposición a las de la Iglesia, como también por contraste con las propias de la organización militar.

6. adj. ant. Grosero, ruin, mezquino, vil.

7. m. coloq. guardia civil (individuo de la Guardia Civil).

casarse por lo ~.

1. fr. Contraer matrimonio civil.

clerical. (Del lat. clericālis).

1. adj. Perteneciente o relativo al clérigo. Hábito, estado clerical.

2. adj. Marcadamente afecto y sumiso al clero y a sus directrices.

eclesiástico, ca. (Del lat. ecclesiastĭcus, y este del gr. ἐκκλησιαστικός).

1. adj. Perteneciente o relativo a la Iglesia, y en particular a los clérigos.

2. adj. ant. Docto, instruido.

3. m. clérigo (hombre que ha recibido las órdenes sagradas).

Audiencia Eclesiástica

año eclesiástico

brazo eclesiástico

calendario eclesiástico

cómputo eclesiástico

deposición eclesiástica

derecho eclesiástico

día eclesiástico

disciplina eclesiástica

latín eclesiástico

mesada eclesiástica

pieza eclesiástica

provincia eclesiástica

[DRAE]

laicado

1.    Estado o situación de los laicos o fieles de la Iglesia que no han recibido órdenes religiosas: Por diversas causas pasó del sacerdocio al laicado.

2.    Conjunto de estos fieles: El documento hecho público por los obispos es apoyado por el laicado español.

laicismo

Doctrina o tendencia que defiende la independencia individual, social o estatal respecto de la influencia religiosa o eclesiástica: En España, los liberales del siglo XIX fueron partidarios del laicismo.

laicista

1.    Del laicismo o relacionado con esta doctrina o tendencia: Actualmente predomina una concepción ‘laicista’ en la sociedad.

2.    Partidario o seguidor del laicismo: El Estado laicista no tiene ninguna religión oficial. Los laicistas de finales del siglo XIX se enfrentaron con los partidarios de la corriente tradicionalista.

laicizar

Hacer laico o romper con toda influencia religiosa: Al suprimir la asignatura de religión, se pretende laicizar la enseñanza. Un pueblo no se laiciza desde el poder.

[Diccionario didáctico del español – Intermedio. Madrid: sm, 1993]

Vocabulario

Español > Alemán

 

laico

Laie / weltlich / laienhaft / [Schule] frei

laicado

Laien

laical

weltlich / antiklerikalisch

Estado laical

Laienstaat

laicidad

Weltlichkeit / Freiheit von kirchlichen Bindungen / Laizismus

laicismo

Laizismus

laicización

Verweltlichung / Befreiung von kirchlichem Einfluß / Laizierung

laicalización

Säkularisierung

laicizar

verweltlichen / vom geistlichen Einfluß befreien / den geistlichen Einfluß beschränken

laicalizar

säkularisieren