Hispanoteca - Lengua y Cultura hispanas

ANGABE Adjunto

(comp.) Justo Fernández López

Diccionario de lingüística español y alemán

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Angabe / Satzangaben

Complemento circunstancial / Complementos circunstanciales

Adjunto / Adjuntos

Gegensatz = Ergänzung  

Vgl.:

Transitivität vs. Intransitivität / Ergänzung / complemento / Objekt / Komplement / Agens / Dativ / Akkusativ / Präpositionalobjekt / Prädikative Ergänzung / Umstandsbestimmungen

 Angabe = complemento circunstancial / [für Alarcos Llorach:] adyacente circunstancial / Aditamento

«Angabe:

Syntaktisches Glied, das beliebigen Elementen einer regierenden Wortklasse (vor allem Verben, Nomina, Adjektiven) „aspezifisch“ zugeordnet werden kann, meist fakultativ (Gegensatz: Ergänzung).»

[Engel, U.: Deutsche Grammatik, S. 862]

«Angabesatz:

Satzartiges Konstrukt in der Funktion einer Angabe.»

[Engel, U.: Deutsche Grammatik, S. 863]

«Jeder Satz und ebenso jedes satzartige Konstrukt (wie z. B. Nebensätze) kann durch Elemente erweitert werden, die nicht vom Verb ausgewählt werden, sondern frei hinzufügbar sind. Diese Elemente heißen Satzangaben oder kurz Angaben. Sie hängen zwar wie die Ergänzungen vom Verb ab, sind aber nicht valenzbedingt, also nicht subklassenspezifisch. Dass Satzangaben dem Verb frei hinzufügbar sind, bedeutet auf der anderen Seite, dass sie grundsätzlich fakultativ sind: es gibt keine obligatorischen Satzangaben.

Freie Hinzufügbarkeit und unspezifische Zuordnung bedeutet allerdings nicht, dass jede einzelne Angabe mit jedem einzelnen Verb kombinierbar ist. So kann die Angabe gerne nur mit Verben verbunden werden, die ein willkürliches Tun bezeichnen. Auch sind bestimmte Angaben je nach Besetzung der Ergänzungsstellen nicht jedem beliebigen Satz hinzufügbar.

Das Prinzip der freien Kombinierbarkeit gilt vielmehr für Klassen und Subklassen von Angaben: irgendwelche Temporalangaben, Kausalangaben, modifizierende Angaben, existimatorische Angaben usw. lassen sich mit jedem Verb verbinden. Damit können Angaben eindeutig von Ergänzungen unterschieden werden. Viele Angaben erscheinen in satzartiger Form.

Man kann vier Großklassen von Angaben unterscheiden:

(1)   verbbezogene oder modifizierende (modifikative) Angaben: Ihr habt immer pünktlich gearbeitet.

(2)  satzbezogene oder situierende (situative) Angaben: Man hat gestern nicht ihr gefragt.

(3)  negative Angaben: Wir haben uns nicht in ihr getäuscht.

(4)  äußerungsbezogene oder existimatorische Angaben: Das ist offensichtlich ein Irrtum.» [Ebd., S. 219]

«Angabe:

(1) Eine Satzkonstituente X ist Angabe zu einer Konstituente Y, wenn X von Y nicht valenzabhängig ist, aber inhaltlich ein Modifikator oder Spezifikator von Y ist. Z.B. ist in Das Kind schluchzte laut das Adverbial laut, nicht aber das Subjekt das Kind, Angabe zum Verb. Vgl. Adverbial, Adjunkt.

(2) Bei H. Glinz nicht flektierte Satzglieder (Adjektive, Adverbien, Partikeln), die entweder als Artangabe (Das Kind schluchzte laut) oder als Lageangabe (Er macht dort sein Glück) klassifiziert werden.» [Bußmann, H., S. 83-84]

«Satzglieder (elementos oracionales), sind nun die frei austauschbaren, unmittelbar vom Verb regierten Elemente - Wörter oder Wortgruppen - des Satzes. [...] Subklassenspezifische Satzglieder - d.h. solche, die nur bei bestimmten Verben (Subklassen) vorkommen - heißen nun (Satz)-ergänzungen, während aspezifische Satzglieder, welche mit jedem Verb, d.h. mit allen Elementen dieser Wortklasse - kombinierbar sind, (Satz)-angaben genannt werden.» [Cartagena/Gauger, Bd. 1, 428]

«Ergänzungen und Angaben

Bei der Bestimmung der Wertigkeit eines Verbs berücksichtigt Tesnière nur die Ergänzungen („actants“). Nur diese sind valenzgebunden, nur diese sind in ihrer Zahl festgelegt. Davon unterscheidet er die Angaben („circonstants“). Dies sind die „Umstände“, unter denen sich das Geschehen vollzieht“ (Tesnière 1959: 93). Sie haben nicht wesentlich am Geschehen teil, sind frei hinzufügbar und zahlenmäßig nicht festlegbar. Um den Unterschied zwischen Ergänzungen und Angaben anschaulich zu machen, greift Tesnière auf eine Bühnenmetapher zurück: Mit dem Verb werde das Bühnengeschehen beschrieben, die Aktanten (die Ergänzungen) seien die am Bühnengeschehen Beteiligten, die Zirkumstanten (die Angaben) stellten die Kulissen dar. Damit scheint zunächst intuitiv klar zu sein, wie Ergänzungen und Angaben voneinander abgrenzbar sind. [...]

Hier stellt sich aber die Frage, wie Umstandsbestimmungen zu bewerten sind, die von Verben gefordert werden. So verlangt das Verb liegen ein Lokaladverbial, das Verb dauern ein Temporaladverbial. Handelt es sich dabei um Ergänzungen oder Angaben? [...]

Als Fazit ergibt sich: Immer noch wird nach geeigneten Kriterien zur Unterscheidung von Ergänzungen und Angaben gesucht. Einige Linguisten plädieren aufgrund der Datenlage dafür, ganz auf die Unterscheidung zu verzichten, andere meinen, die Unterscheidung sei nur im jeweiligen satzgrammatischen Zusammenhang zu treffen, wieder andere vertreten die Auffassung, es sei nur eine graduelle Unterscheidung von Ergänzungen und Angaben möglich (H.-J. Heringer 1984).»

[Dürscheid, Christa: Syntax. Grundlagen und Theorien. Wiesbaden: VS Verlag für Sozialwissenschaften, 32005, § 7.3]

«Adjunto

Constituyente de la oración o de un sintagma que no está requerido semánticamente por el núcleo del predicado o del sintagma, v.g.,

Juan estudia Medicina en Valladolid,

el estudiante de medicina de Valladolid.

(Cf. Argumento, Complemento)»

[Eguren, Luis / Fernández Soriano, Olga: La terminología gramatical. Madrid: Gredos, 2006, p. 49]

«Funciones sintácticas y funciones semánticas

Parece claro que las funciones, tanto sintácticas como semánticas, son relaciones y no características intrínsecas de las piezas léxicas o de las frases o sintagmas. [...] En realidad, es en gran medida el núcleo verbal el que, en definitiva, determina esas relaciones dentro de la oración, en tanto que escoge los elementos que intervienen en el conjunto oracional. Una función, ya sea sintáctica o semántica, puede definirse, en suma, como una determinada relación con un núcleo (el verbal en particular) o con otro sintagma.

Sabemos, además, que ciertos elementos oracionales están seleccionados semánticamente por el verbo y forman parte de su significación. [...] Estos elementos seleccionados por los núcleos verbales se denominan generalmente ‘argumentos’ y su número es lo que se conoce como ‘valencia’.

Además de los argumentos, en las oraciones pueden aparecer otros sintagmas (generalmente preposicionales o adverbiales) que no están requeridos semánticamente, pero que contribuyen a precisar el significado de la oración: son los denominados ‘adjuntos’. [...]

La cuestión de cuál sea el inventario exacto de los papeles semánticos o funciones semánticas y de cómo se definen no está cabalmente resuelta en el estado actual de la teoría gramatical. Hay funciones semánticas como las de

agente, causa, paciente, tema, destinatario, experimentante, beneficiario, locación...

que pueden reconocerse y definirse con claridad, pero la lista es claramente más larga. [...]

Los argumentos y los adjuntos, con su función semántica asociada, establecen determinadas relaciones estructurales con el núcleo del predicado y con el predicado en su totalidad: son las funciones sintácticas. Así el sujeto es el constituyente que se combina con el predicado para formar una oración; el objeto directo es el argumento con el que el verbo establece una relación más cercana y estrecha; y el objeto indirecto, por su parte, se relaciona globalmente con el verbo y su objeto directo: es el segundo objeto seleccionado. [...]

La gramática también permite que los verbos seleccionen un objeto introducido por una determinada preposición. Este sintagma (al que se pueden designar diferentes funciones semánticas) se ha denominado, dependiendo del autor, ‘complemento de régimen preposicional’ o ‘suplemento’. [...]

Debe tenerse en cuenta que las funciones semánticas son independientes de las sintácticas y que no conviene mezclarlas ni, como se hace a veces, utilizar las primeras para definir las segundas. Esto es, una definición del tipo “sintagma o frase que recibe directamente la acción del verbo” es más apropiada para la noción de ‘paciente’ que para la de ‘objeto o complemento directo’. [...] El uso que a veces se hace de las funciones semánticas para definir las funciones sintácticas ha llevado, en suma, en algunos casos a etiquetar como complementos circunstanciales a argumentos que forman parte del régimen verbal. [...]

Se puede concluir que las funciones sintácticas se definen por su relación, por su posición en la estructura jerárquica, y se reconocen por sus marcas. Las funciones semánticas (agente, paciente, experimentante...) que desempeñan los sintagmas y las oraciones indican también, por su parte, una determinada relación con el núcleo del predicado (semántica en este caso) y se definen nocionalmente. Conviene tener presente, en fin, que no existe una relación biunívoca entre funciones sintácticas y funciones semánticas y que no se puede, por tanto, definir unas en función de las otras.»

[Eguren, Luis / Fernández Soriano, Olga: La terminología gramatical. Madrid: Gredos, 2006, pp. 36-41]

«El concepto de PREDICADO se ha usado generalmente con dos sentidos, que se han mantenido en la actualidad entre los gramáticos a pesar de la relativa incomodidad que tal polisemia conlleva. En el primero de ellos, tomado estrictamente de la lógica, el predicado designa la expresión cuyo contenido se atribuye al referente del sujeto, así como el segmento sintáctico que la designa. En esta interpretación, el grupo verbal que se subraya en

El profesor de Matemáticas explicaba la lección a los alumnos con voz apagada

es el PREDICADO de esa oración, y su SUJETO es el profesor de Matemáticas. El predicado de la oración

La lluvia era fina

es, desde este mismo punto de vista, el grupo verbal era fina. Así pues, los predicados denotan, en este primer sentido, nociones que “se aplican” a los individuos designados por los segmentos nominales que concuerdan con ellos. Los predicados aportan, por tanto, propiedades, estados, procesos y acciones que se atribuyen a las personas o las cosas. A la unidad gramatical que el predicado forma con el sujeto se la llama tradicionalmente ORACIÓN. Los predicados constituyen un tipo de FUNCIÓN, en el sentido clásico del término. En efecto, en la tradición lógica y matemática, las funciones son relaciones que determinan la proporción en que varía una determinada magnitud establecida o medida a partir de otra que se toma como referencia. En la misma tradición, las funciones se consideran también relaciones que establecen conexiones, correspondencias o proyecciones entre elementos de dos dominios. Se dice tradicionalmente, en este sentido, que el predicado explicar la lección es una función que exige un elemento VARIABLE para ser completada o saturada: el sujeto. A los predicados se les sigue llamando en la lógica contemporánea FUNCIONES PROPOSICIONALES, puesto que constituyen PROPOSICIONES a partir del elemento nominal al que se aplican. En gramática se llama generalmente FUNCIÓN (o FUNCIÓN SINTÁCTICA) al papel gramatical desempeñado por un segmento sintáctico.

La noción de ‘predicado’ se usa también en un segundo sentido, más restrictivo que el anterior. En esta segunda interpretación, los predicados son categorías que designan estados, acciones, propiedades o procesos en los que intervienen uno o varios PARTICIPANTES. Así, el predicado de la oración

El maestro explicaba la lección a los alumnos

es el verbo explicaba. El verbo explicar denota, por su significado, una acción que requiere la concurrencia de tres participantes: una gente, que lleva a cabo la acción (el maestro, en este ejemplo), una materia o una información que se expone o se transmite (la lección, en este caso) y un destinatario al que esa acción se dirige (los alumnos). Los participantes seleccionados o elegidos por cada predicado en función de su significación se denominan ARGUMENTOS. A los argumentos corresponden diversas FUNCIONES SEMÁNTICAS (agente, paciente, lugar, etc.). Los argumentos han sido llamados también actantes o actuantes porque recuerdan los papeles que se atribuyen a los actores en las representaciones dramáticas (de hecho, el término papel semántico es todavía frecuente en la lingüística actual en un sentido no muy lejano de este). Sea o no ajustada esa metáfora ya común, es indudable que los argumentos de un predicado representan en cierta forma un esqueleto de su significación, que se obtiene por abstracción o por reducción de las informaciones que el diccionario proporciona cuando los define.

Como se ha visto, los complementos argumentales introducen información exigida por o pedida por el significado de los predicados. Además de estos complementos, se reconocen en la tradición gramatical otros que aportan informaciones no exigidas por ellos. Esos otros complementos se llaman ADJUNTOS, término que equivale a ‘modificador no seleccionado’. Son adjuntos los adjetivos calificativos, las oraciones de relativo, muchos modificadores preposicionales del sustantivo (como la prensa de hoy, pero no la llegada de la primavera) o del adjetivo (feliz por su matrimonio). Los modificadores adjuntos de los verbos (no así los de otras clases de palabras) se denominan tradicionalmente COMPLEMENTOS CIRCUNSTANCIALES porque especifican las circunstancias que acompañan a las acciones o a los procesos. Aportan, pues, informaciones accidentales que completan alguna relación predicativa si estar exigidas por la naturaleza de esta. No existe una única clasificación semántica de los complementos circunstanciales. Se suelen distinguir tradicionalmente los de TIEMPO (trabajar por las tardes); LUGAR (construir una casa en la playa); COMPAÑÍA (estudiar con alguien); INSTRUMENTO (escribir con una pluma estilográfica); PROVECHO, BENEFICIO o DAÑO (comprar para alguien un regalo); MODO (bailar con gracia); CANTIDAD (esforzarse enormemente); FINALIDAD (ahorrar para adquirir una vivienda mayor), y CAUSA (viajar por placer). Como se ha indicado, el concepto de ‘adjunto’ es más abarcador que el de ‘complemento circunstancial’.»

[RAE: Nueva gramática de la lengua española. Madrid: Espasa Libros, 2009, § 1.12d-f]

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«Se denominan adjuntos los modificadores —casi siempre optativos— que inciden sobre las diversas categorías léxicas (verbos, nombres, adjetivos, adverbios) y los grupos sintácticos que forman sin que sean seleccionados o exigidos por ellos. El término adjunto se usa por oposición al de argumento, es decir, a los segmentos sintácticos seleccionados o requeridos por un predicado en función de su propia significación. Son adjuntos, por ejemplo, los elementos que se marcan en un movimiento lento (adjunto de un sustantivo), irascible desde que perdió el trabajo (adjunto de un adjetivo), lejos para siempre (adjunto de un adverbio) y en Se movían lentamente (adjunto de un verbo).

El concepto de ‘adjunto’ no es de uso general en la tradición gramatical hispánica. Sí lo es el de complemento circunstancial (también denominado a veces circunstante, aditamento, satélite o simplemente circunstancial). Este término suele aplicarse solo a los adjuntos del grupo verbal, o más bien al subgrupo de estos constituido por los que admiten sustitutos interrogativos o exclamativos (como cuándo o por qué), relativos (como donde) o demostrativos (como entonces). En consecuencia, suelen considerarse circunstanciales los adjuntos de lugar (Me sentaré aquí), los de modo o manera (Me sonrió gentilmente), los de cantidad o grado (Te esfuerzas poco), los de tiempo (Llegarán inmediatamente; largamente deseado), pero no ejercen tal papel los adverbios que expresan nociones aspectuales, más que temporales (¿Vive aquí todavía?), los de duda (Quizá lo sabía) o los de foco (Nosotros también tuvimos que esperar; Solo deseo que no le ocurra nada malo). En este capítulo se usará el concepto de ‘complemento circunstancial’ en el sentido tradicional, pero se insistirá en que constituye un caso particular de la noción más amplia de ‘adjunto’».

[RAE: Nueva gramática de la lengua española. Madrid, 2010, § 39.1.1a-b]

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