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COMPLEMENTO PREDICATIVO (comp.) Justo Fernández López Diccionario de lingüística español y alemán
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Prädikative Ergänzung
Ver: |
Complemento / Complemento directo / Complemento indirecto / Complemento circunstancial / Complemento de régimen preposicional / Complemento agente / Complementos argumentales |
El complemento predicativo (C. pred.) es el complemento que en las oraciones de predicado verbal complementa a la vez a un verbo y a un sustantivo.
El complemento predicativo puede referirse al sujeto o al objeto directo.
Ejemplos:
Referencia al sujeto:
Las aguas bajan turbias
Referencia al objeto directo:
Nombraron embajador a M. Ponce de Portela, marqués de Aguafuerte.
Adjetivo predicativo es el adjetivo que se une al nombre a través de una cópula y ejecuta la función oracional de atributo:
Algunos locos son felices.
Complemento predicativo: Tipo de predicativo que actúa al mismo tiempo sobre dos elementos oracionales, el verbo y un sintagma nominal:
Isabel contempló absorta - Juan regresó cansado.
No se combina con los verbos ser, estar y parecer como el atributo, ni puede conmutarse por lo, como éste.
Oración predicativa: Tipo de oración cuyo núcleo está formado por el verbo predicativo:
Todo el Gobierno dimitió de golpe.
Verbo predicativo, en oposición al verbo copulativo, verbo que no se limita a servir de nexo entre el sujeto y el atributo, sino que forma el núcleo del predicado al que aporta un contenido léxico pleno:
Las oscuras golondrinas volverán.
El predicativo, como el atributo, concierta en género y número con el sintagma nominal al que se refiere, pero frente a éste, no se combina con los verbos ser, estar y parecer, ni puede conmutarse por lo:
Los niños regresan muy cansados.
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«Complemento predicativo:
Es el que, además de relacionarse con el verbo, se relaciona con un sustantivo y así puede referirse:
al sujeto
Pablo es pescador; la gente volvía cansada; el barco navegaba solitario; Cervantes murió pobre.
al objeto directo
Nombraron alcalde a Juan; lo eligieron presidente; lo pusieron furioso; Luisa llevaba sucia la bata.
En el ejemplo Cervantes murió pobre, el adjetivo pobre se refiere al verbo (murió pobre) y al sujeto (Cervantes pobre).
En los votantes eligieron a Pedro presidente, el sustantivo presidente completa al verbo (eligieron presidente) y al complemento directo (Pedro presidente).
Predicado nominal y complemento predicativo:
Distinguir bien entre complemento predicativo y predicado nominal.
a) Predicado nominal es el predicado cuyo núcleo significativo (es decir, semántico) es un nombre (sustantivo o adjetivo): Juan es militar; Juan es alto. Tal nombre necesita de un verbo (copulativo) para unirse al sujeto y concordar con él en número y persona. Este verbo copulativo sigue siendo el núcleo sintáctico del predicado (en oposición a semántico).
b) A este complemento significativo (militar, alto) que necesitarn los verbos copulativos (porque ellos, en realidad, no “significan” nada), es a lo que llama la Terminología complemento predicativo; o sea, complemento de un verbo que, de por sí, no significa nada. Tradicionalmente se le llamaba predicado nominal.
c) Todo ello quiere decir, que, si no hubiera más casos que los verbos copulativos, predicado nominal y complemento predicativo serían equivalentes.
d) Pero ocurre que algunos verbos predicativos (es decir, no copulativos) también llevan complemento predicativo, y, en tal caso, a ese complemento no lo podemos llamar, como antes con el verbo copulativo, predicado nominal:Nombraron alcalde a Juan; las niñas vinieron cansadas.
Es decir, que todos los predicados nominales son complementos predicativos; pero no todos los complementos predicativos son predicados nominales. Ejemplos:
Luis es médico.
(complemento predicativo y predicado nominal)
Luis es alto.
(complemento predicativo y predicado nominal)
Los bueyes caminan lentos.
(complemento predicativo sólo)
Lo pusieron furioso.
(complemento predicativo sólo)
El viento es fuerte.
(complemento predicativo y predicado nominal)
El viento sopla fuerte.
(complemento predicativo sólo).»
[Alonso Marcos, A.: Glosario de la terminología gramatical. Unificada por el Ministerio de Educación y Ciencia. Madrid: Magisterio Español, 1986, p. 201 ss.]
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«Argumento y predicado: Una oración simple (la realización sintáctica de una ‘proposición’ semántica) expresa un estado o acontecimiento en el que están implicados uno o varios participantes que llamamos los ‘roles’ o ‘papeles semánticos’ seleccionados o exigidos por el significado de esas acciones o estados. Denominamos ‘predicado’ a la expresión (generalmente verbal) que designa ese estado o evento; los términos que expresan los papeles semánticos asociados a tal predicado son sus ‘argumentos’. Característicamente, los argumentos de un predicado aparecen en las posiciones de sujeto (si el verbo es intransitivo puro, o si es inacusativo: María bostezó, Llegó el tren, respectivamente), de sujeto y objeto directo (cuando el verbo es transitivo: El cartero visitó {la escuela / a su madre}), y en las de estos más la del objeto indirecto o la de un segundo argumento introducido por una preposición cuando el verbo es ditransitivo (El presidente entregó el premio a la novelista; El secretario guardó el informe en el cajón. Además de por sus argumentos (cuya lista no se agota en las líneas precedentes, que presentan sólo los casos más conocidos), los predicados verbales pueden estar acompañados de otros dos tipos de modificadores. Unos son los ‘modificadores adjuntos’, que expresan circunstancias internas (los ‘circunstanciales’ así como funciones externas al predicado propiamente dicho, y no son requeridos por el contenido del mismo (la manera de acción: María bostezó ostentosamente, el lugar: El cartero visitó su antigua casa en Pontevedra, el momento de ella: Mi hija llegó a las siete, todos ellos factores internos; o la actitud del emisor: Francamente, eso no me interesa, un factor externo). Otros son los ‘complementos predicativos’, modificadores que, sintácticamente, pueden ser adjuntos opcionales o constituyentes, obligatorios, y que poseen unas características léxico-semánticas muy bien definidas.
Denominamos ‘complementos predicativos’ a aquellos constituyentes que modifican simultáneamente al predicado verbal y a aun sintagma nominal de la misma oración (típicamente, al sujeto y al objeto directo sintáctico), con cuyo núcleo concuerdan en género y número.
Seguimos a la RAE en esta denominación de ‘complementos predicativos; la RAE (1973: § 3.3.5) se refiere escuetamente, en efecto, al “adjetivo que enuncia una cualidad o estado del sujeto, pero significa conjuntamente una modificación adverbial del verbo”. Alcina y Blecua (1975: §§ 7.3.1 y 7.9.2) llos llaman “predicativos”, “predicatoidos” o “predicados secundarios”; similar decisión terminológica toma Porroche Ballesteros (1990: 30) que usa también “complementos predicativos”. Es frecuente, sin embargo, referirse a estas construcciones como “atributos” del sujeto, del objeto o de otros complementos (Gutiérrez Ordóñez 1986:, Alarcos 1994). Esta denominación empero (aunque los autores que la emplean hagan las debidas distinciones), equipara de hecho estas formas a los predicados de las oraciones copulativas, pese a que entre ellos hay algunas diferencias. [...] Sobejano (1956: 109) emplea para ellos las dos denominaciones dependiendo de su función: ‘adjetivo predicativo (predicado de complemento)’ y ‘adjetivo atributivo-adverbial’. Navas Ruiz (1977: § 3.2) los considera “semiatributos”. Si consideramos la terminología acuñada por la gramática generativa, la noción de ‘complemento predicativo adjunto’ puede parecer extraña, porque allí se identifica ‘complemento’ con constituyente semánticamente seleccionado y regido por un núcleo léxico, y se reserva la noción de ‘adjunto’ para los no seleccionados. Ha de quedar claro que en la conceptualización que aquí utilizamos, complemento predicativo es un término descriptivo, tomado de una larga tradición, y que los predicativos pueden ser obligatorios u opcionales.»
[Demonte, Violeta: “La predicación: Los complementos predicativos”. En: Bosque, Ignacio / Demonte, Violeta (eds.): Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid: Real Academia Española / Espasa Calpe. 1999, vol. 2, p. 2463: § 38.1.1]
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«Complementos directos aumentados por un elemento predicativo
Hay una serie de verbos que se caracterizan por el hecho de que requieren un complemento directo que se encuentre en una situación o condición específica. Este tipo de complementación transitiva compleja (a saber, con un ‘complemento predicativo seleccionado’) se encuentra en las siguientes clases de verbos:
(A) Verbos designativos
Eligieron a Tomás director del departamento.
Nombraron a Kiko gerente de esa empresa.
Cuando el predicado aparece sin modificación, generalmente aparece el complemento atributivo antes del complemento directo:
Eligieron director a Tomás.
Nombraron gerente a Kiko.
Declararon inocente al criminal.
Una preposición puede preceder al complemento atributivo cuando este es un sintagma nominal, tanto si este precede o sigue al complemento directo:
Eligieron de director a Tomás.
Nombraron a Kiko de gerente.
(B) Verbos preformativos
Declararon al criminal inocente del asalto al banco.
Proclamaron al país independiente de los invasores.
(C) Verbos de actitud proposicional
No creen a Horario capaz de resolver el problema.
No consideraron a Cecilia apta para este puesto.
Encontraron el problema demasiado difícil.
(D) Verbos de deseo
Deseo el whisky con hielo.
Paco prefiere las chicas morenas.
(D) Verbos de resultado
Guillermo y Pablo vuelven loca a Patricia.
Tantas fiestas pusieron enfermo a Alejandro. [...]
Los verbos presentados en (A)-(E) llevan como complemento una cláusula reducida, cuyo sujeto recibe caso acusativo del verbo de la cláusula principal. la estructura de
Consideran [CM a Paul orgulloso]
se muestra en
Consideran [CM [a Paul] [orgulloso]].
El papel semántico de Paul depende aquí del adjetivo orgulloso y no del verbo considerar. En otras palabras, Paul no es el ‘tema’ o el ‘paciente’ del verbo considerar. Esto se demuestra con el hecho de que Paul en el ejemplo anterior no se puede reemplazar por esa piedra en
#Consideran a esa piedra orgullosa en ese país.
Obsérvese, sin embargo, que, con un predicado compatible dentro de la cláusula reducida, esa piedra puede aparecer como sujeto, como se ilustra en
Consideran a esa piedra sagrada en ese país.
Si el complemento directo es aquel elemento que está regido tanto sintáctica como semánticamente por un verbo, el sujeto de la cláusula reducida no constituiría un posible complemento directo, si bien está marcado con caso acusativo, al igual que los complementos directos. [...]
Concluimos, pues, que, aunque a Paul aparece en caso acusativo en
Consideran [CM [a Paul] [orgulloso]],
este no es un complemento directo del verbo considerar. [...] Pablo no es seleccionado ni sintáctica ni semánticamente por el verbo: no es la entidad considerada. Esto viene a corroborar que la pronominalización (o la asignación de caso acusativo) no es un criterio definitivo para identificar un complemento directo.»
[Campos, Héctor: “Transitividad e intransitividad”. En: Bosque, Ignacio / Demonte, Violeta (eds.): Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid: Real Academia Española / Espasa Calpe, 1999, § 24.2.3]
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«Los complementos predicativos adjuntos que modifican a los objetos directos de los ‘verbos de designación denominativos’ especifican el nombre, título, cargo, posición o denominación implicado de manera específica en el significado del verbo. Los ejemplos siguientes ilustras, respectivamente, esos significados:
{La/LE} llaman Gachi, pero su nombre de Graciela.
Lo {apellidaron/bautizaron} Iglesias porque era de madre desconocida.
Coronaron a Alfonso rey.
Lo ordenaron sacerdote.
¿A quién {eligieron/nombraron} presidente?
El pueblo entero proclamó a Juan Domingo su líder.
Titularon al libro Cien años de soledad.
Denominaron al fenómeno fusión fría.
Los verbos designativos pueden considerarse, léxicamente, como una subclase de los causativos en el sentido de que la predicación seleccionada describe la situación en que se encuentra el objeto como consecuencia de la realización de la acción indicada por el predicativo principal. Difieren de ellos sintácticamente, sin embargo, en cuanto que la mayoría de estos verbos no requieren la presencia obligatoria del predicado secundario (Lo nombraron, Coronaron a Alfonso, Clasificaron a Pedro, son plenamente gramaticales) y en que la relación objeto directo-predicativo no constituye una entidad proposicional. En efecto, si bien estos verbos parecen necesitar más que los dos de las dos clases antes reseñadas le presencia del predicativo, ello no los asimila a los que seleccionan predicativos obligatorios proposicionales. Que el objeto directo y su predicativo no implican un contenido proposicional o la descripción de un evento (ni son un solo constituyente) se pone de manifiesto en la agramaticalidad de una estructura como *Nombraron que Juan {fuera/era} presidente. El hecho de que algunos verbos de esta clase requieran más que otros la presencia del predicado secundario (Titularon la novela ??(Plenilunio) / Denominaron el fenómeno ??(electrólisis) / Llamaron a la niña *(Patricia) son oraciones que oscilan entre la inaceptabilidad y la agramaticalidad) se debe probablemente a que, por su significado, los verbos en cuestión requieren más especificaciones léxicas que la que puede aportar el complemento directo. Estos verbos se han considerado tradicionalmente como ‘construcciones de doble acusativo’.»
[Demonte, Violeta: “La predicación: Los complementos predicativos”. En: Bosque, Ignacio / Demonte, Violeta (eds.): Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid: Real Academia Española / Espasa Calpe, 1999, § 38.2.1.4 D]
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«Exigen varios contextos sintácticos que exigen el uso de la preposición a. Se trata de contextos predicativos, muchos de ellos de predicación secundaria, en los que la a se rige por pautas de comportamiento muy distinto a las conocidas para el acusativo. A mi entender, la a de muchas de estas predicaciones es un elemento funcional que hace de núcleo de la predicación. [...]
Llevan a verbos designativos como nombrar y llamar (construcciones de ‘doble acusativo’). En este caso, no se precisa que el sintagma con a sea animado:
Hoy día llaman a cualquier cosa celebración.
También en predicaciones adjetivales o preposicionales:
Esto vuelve (a) la situación insoportable.»
[Torrego Salcedo, Esther: “El complemento directo preposicional”. En: Bosque, Ignacio / Demonte, Violeta (eds.): Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid: Real Academia Española / Espasa Calpe, 1999, § 28.3, p. 1792]
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«Atributo y predicado nominal
Algunos gramáticos emplean el término atributo para albergar tanto los atributos de sujeto como los de complemento directo y los predicativos. Otros diferencian el atributo, función que solo complementaría a un sujeto a través de un verbo copulativo, de los predicativos; éstos abarcarían tanto los que aquí se llaman atributos de complemento directo como todos los que aquí se denominan predicativos.
Algunos gramáticos emplean el término predicado nominal como sinónimo de atributo, entendido este como complemento del sujeto a través de un verbo copulativo.
Las oraciones con atributo se llaman también oraciones copulativas, siempre que por atributo se entienda la función de complemento del sujeto a través de un verbo copulativo.»
[Gómez Torrego, Leonardo: Gramática didáctica del español. Madrid: sm, 2000, p. 255]
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«Atributo y predicado nominal
Algunos gramáticos emplean el término atributo para albergar tanto los atributos de sujeto como los de complemento directo y los predicativos. Otros diferencian el atributo, función que solo complementaría a un sujeto a través de un verbo copulativo, de los predicativos; éstos abarcarían tanto los que aquí se llaman atributos de complemento directo como todos los que aquí se denominan predicativos.
Algunos gramáticos emplean el término predicado nominal como sinónimo de atributo, entendido este como complemento del sujeto a través de un verbo copulativo.
Las oraciones con atributo se llaman también oraciones copulativas, siempre que por atributo se entienda la función de complemento del sujeto a través de un verbo copulativo.»
[Gómez Torrego, Leonardo: Gramática didáctica del español. Madrid: sm, 2000, p. 255]
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«La función complemento predicativo
La función complemento predicativo (CPred) suele aparecer asociada o confundida con la de atributo y no siempre recibe la misma caracterización; incluso, la terminología es dispar. En algunas gramáticas, de hecho, el término predicativo se emplea en vez del de atributo para referirse al adjetivo que complemente a un sustantivo a través de un verbo copulativo (Luis es rubio); otros autores no distinguen CPred (clara) y adverbio corto o adjetival (claro): El agua fluye clara / Ana habla claro; otros (sobre todo, de la escuela funcionalista) no emplean el término complemento predicativo y solo hablan de atributo tanto para los complementos con verbo copulativo como con verbo predicativo (El agua está clara / El agua fluye clara). Incluso, puede encontrarse la función CPred asociada a expresiones como “predicación secundaria” y “oración reducida” (clase de predicación sin verbo del tipo Llegó con el pelo despeinado); el CPred sería una variedad de manifestación de estas.
Hay que distinguir entre “predicativo” y “predicado”. El término complemento predicativo no es sinónimo de predicado: la función predicado corresponde al verbo (más concretamente, al SV), mientras que el CPred nunca es verbo (o SV), sino que forma parte del SV:
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El agua fluye clara por el río |
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CPred |
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predicado (SV) |
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El CPred es una función sintáctica que desempeña un elemento que forma parte del SV.
No hay que confundir el CPred con el SAdj con función de adyacente nominal, que no forma parte del SV, sino del SN:
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El agua clara fluye por el río |
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ady. |
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sujeto (SN) |
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predicado (SV) |
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El CPred establece una predicación de carácter secundario o subsidiario. La noción de “predicación secundaria” es relevante para la definición del CPred por cuanto parece que no puede existir CPred si no existe previamente una predicación primaria, esto es, si no se inscribe dentro del marco de una oración en la que el verbo flexionado es el soporte sintáctico de una relación predicativa primaria. No se olvide que la oración se define básicamente como una relación de predicación sujeto-predicado. De hecho, se aduce como prueba de esa segunda predicación la posibilidad de un desdoblamiento (o doble predicación) de acuerdo con el siguiente esquema:
El agua fluye por el río + El agua está clara
Así pues, de esa relación predicativa primaria forma parte el sintagma con función de sujeto o CD al que complementa el CPred; dicho sintagma es el núcleo nominal o tema del CPred. [...]
Resumiendo, podríamos decir que el CPred tiene carácter argumental en unos casos (El Tribunal de La Haya declaró nula la sentencia) y no argumental en otros (El anciano camina cabizbajo por el sendero); aquel no admite desglose de predicaciones, pero sí este último. La argumentalidad se manifiesta más en los CPred orientados al CD; si bien, no todos los CPred objetivos son argumentales (Ana compró barato su nuevo piso > Ana compró su nuevo piso).
A pesar de la caracterización general que hemos propuesto para el CPred, existe un tipo especial de CPred que aparece dentro del SN y que, por lo tanto, no forma parte del SV. Para que se dé esta situación, el SN debe reunir una serie de condiciones:
a) su núcleo suele ser un nombre deverbal que denota ‘acontecimiento o evento durativo’; pero puede no ser deverbal y expresar ‘forma o aspecto físico’, ‘peso o medida’ (entonces, establece una relación de posesión con el número sustantivo del complemento que rige: cara, boca, altura, gesto, etc.) o ser un nombre de representación (foto, retrato, dibujo, imagen, etc.) o de percepción (sonido, ruido, visión, etc.) o de comunicación (escrito, reportaje, comunicado, etc.);
b) dicho núcleo lleva un adyacente obligatorio (argumental) con la estructura SP y, con frecuencia, con rasgo [+agente];
c) el CPred no afecta al núcleo del SN, sino al sustantivo del SP en función de adyacente; y
d) expresa del una propiedad no intrínseca ni permanente o un estado transitorio;
e) el CPred suele ser incompatible con verbos estativos:
La salida del cine de Luis despavorido me da que pensar.
La huida del preso condenado ayer puso en alerta a la policía.
La foto de Boris Yeltsin borracho dio la vuelta al Mundo.
La mirada del jefe enfadado poner nervioso a cualquiera».
[Gómez Manzano, Pilar / Cuesta Martínez, Paloma / García-Page Sánchez, Mario / Estévez Rodríguez, Ángeles: Ejercicios de gramática y de expresión. Con nociones teóricas. Madrid: Editorial Centro de Estudios Ramón Areces, 2006, p. 168 ss.]
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«Se aplica la denominación de COMPLEMENTOS PREDICATIVOS (o simplemente PREDICATIVOS) a un tipo de atributos que se construyen con verbos plenos:
Julio llegó radiante.
Obsérvese que en esta oración se dice que Julio llegó y que, cuando llegó, estaba radiante. Así pues, el predicativo añade a la predicación principal otra secundaria, a diferencia de los atributos. No admiten la sustitución por lo, con la excepción del verbo llamar:
A Lola la llaman “la Faraona” > Se lo llamaban.
Los predicativos se pueden clasificar a partir de la función sintáctica del elemento del que se predican.
Complementos predicativos de sujeto
Suelen expresar, a través de un verbo pleno [no copulativo], estados circunstanciales de personas o cosas, como en
Noelia caminaba exhausta,
frente a
Noelia quedó exhausta,
con verbo copulativo.
Complementos predicativos de complementodirecto
Pueden ser adjetivos (Lo compraste caro), sustantivos (Lo eligieron alcalde), grupos preposicionales (Envió la carta sin estampilla), adverbios de modo (Te veo estupendamente) o de lugar (La quiero aquí), locuciones adjetivas o adverbiales (La llevaba en volandas) y también oraciones (Lo prefiero que tenga aire acondicionado).
Complementos predicativos de otras funciones
Aunque no son muy frecuentes, existen predicativos de otras funciones:
[RAE: Nueva gramática básica de la lengua española. Madrid, 2011, p. 218-219]
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