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COMPLEMENTOS ARGUMENTALES

(comp.) Justo Fernández López

Diccionario de lingüística español y alemán

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Obligatorische Ergänzungen

Vgl.:

Argument / Complemento / Complemento directo / Complemento indirecto / Complemento preposicional o de régimen verbal / Complemento predicativo / Complemento circunstancial / Complemento agente

«Argumento

Cada una de las expresiones lingüísticas exigidas semánticamente por el núcleo. Los verbos, en concreto, pueden seleccionar uno, dos o tres argumentos, como en

Alguien tose,

Alguien quiere {algo/a alguien},

Alguien cuenta algo a alguien.

A los argumentos les corresponden distintas funciones sintácticas y semánticas. »

[Eguren, Luis / Fernández Soriano, Olga: La terminología gramatical. Madrid: Gredos, 2006, p. 53]

«Los complementos del verbo

Al igual que el sustantivo y el adjetivo, también el verbo tiene dos tipos básicos de complementos:

Argumentos: son complementos necesarios para el verbo; es decir, el verbo los rige o exige. Sin ellos, o la oración es agramatical o el verbo presenta otro significado.

Entre los argumentos se encuentran los complementos directos, los complementos de régimen o regidos, algunos complementos indirectos y otros complementos adverbiales, que la gramática tradicional trataba entre los complementos circunstanciales, así como los atributos:

Tengo frío [CD] en el despacho.

Confío siempre en mi familia [CR].

He dado un libro [CD] a María [CI].

Esa casa cuesta mucho [C. adv.].

María reside en Madrid [C. adv.]

Puse el libro [CD] en la mesa [C. adv.].

El niño se quedó triste [atrib.]

Adjuntos: son complementos no exigidos por el verbo; sin ellos, la oración es gramatical y el verbo no cambia de significado. Entre ellos se encuentran los complementos circunstanciales propiamente dichos, algunos complementos indirectos, los dativos y los predicativos:

Ayer [CC] vi a Juan en el parque [CC].

Pinté un cuadro a mi madre [CI].

Trajeron limpia [predic.] la ropa.»

[Gómez Torrego, Leonardo: Gramática didáctica del español. Madrid: sm, 2000, p. 297]

«Estructura argumental

Especialmente en gramática generativa se denomina ‘estructura argumental’ a la estructura que refleja el número de argumentos requeridos por una unidad léxica, particularmente un verbo, así como los papeles temáticos o semánticos que asigna a cada uno de esos argumentos. Por ejemplo, según Fernández Lagunilla y Anula Rebollo (1995: 92), la estructura argumental de meter podría representarse de la siguiente manera:

meter: <1 2 3> (Agente, Tema, Locativo).

Esto quiere decir que el verbo meter requiere tres argumentos (<1 2 3>); al primero de ellos le asigna el papel de AGENTE, al segundo el de TEMA o paciente, en tanto que al tercero le corresponde el papel de LOCATIVO o UBICACIÓN. Así queda reflejado en el siguiente enunciado:

Juan Luis (agente) metió las cajas (tema) en el armario (locativo).

Igualmente, la ‘estructura argumental’ de dar (Juan le dio la botella de colonia a su madre) sería: dar: <1 2 3> (Agente, Tema, Receptor).»

[Alcaraz Varó, Enrique / Martínez Linares, María Antonia: Diccionario de lingüística moderna. Barcelona: Editorial Ariel, 1997, p. 211]

«Complementos argumentales o regidos y no argumentales

Los complementos nucleares no afectan todos del mismo modo al verbo, pues mientras unos vienen exigidos directamente por él y, por lo tanto, podemos decir que su aparición viene condicionada por las características léxicas de aquél, otros, en cambio, pueden usarse con independencia de tales características. Así, por ejemplo, la presencia de un complemento directo viene siempre condicionada por el carácter transitivo del verbo, mientras que la utilización de un complemento locativo o temporal no tiene, normalmente, nada que ver con las características léxicas del verbo, el cual puede ser de cualquier tipo y, por lo tanto, podemos decir que no existe propiamente un condicionamiento por parte de éste. En el primer caso se dice que los complementos son argumentales o regidos por el verbo (en otras terminologías se denominan complementos a secas, o también complementos subcategorizados, actanciales o valenciales), mientras que los otros serán no argumentales (adjuntos o indicaciones en otras terminologías). Así, por ejemplo, en el enunciado

Lavé el coche esta mañana,

el coche será un complemento argumental, frente a esta mañana, de carácter no argumental. [...]

En realidad, bien mirado, los complementos argumentales no son más que concreciones de otros que, en cierto modo, se hallan contenidos en la estructura semántica del verbo o núcleo verbal a que se refieren. Podría argumentarse que esto también ocurre con otros complementos de carácter, por cierto, no argumental, como son los circunstanciales de lugar o tiempo, pues toda acción o proceso habrá de enmarcarse necesariamente en esas dos coordenadas espacio-temporales. Esto es cierto; pero en ese caso no se puede hablar propiamente de régimen del verbo, sencillamente porque se trata de complementos de unidades sintácticas mayores (sintagmas, proposiciones) y, desde luego, no son exclusivos de un verbo o clase de verbos: tales complementos no vienen, en otras palabras, determinados por rasgos subcategoriales del verbo, a menos, naturalmente, que éste no pueda funcionar sin ellos, los cuales serán entonces imprescindibles.»

[Porto Dapena, José-Álvaro: Complementos argumentales del verbo: directo, indirecto, suplemento y agente. Madrid: Arco/Libros, 1994, p. 12 y 15]

«La valencia verbal

Por valencia verbal hay que entender la propiedad que tienen los verbos de requerir un número determinado de sintagmas nominales o preposicionales como argumentos. Se dice que un verbo tiene valencia dos si requiere dos argumentos y valencia tres si requiere tres argumentos. Por ejemplo, el verbo “decir” requiere dos argumentos: un agente que realiza la acción y otro argumento que denota el resultado de la realización de esa actividad.

Desde este punto de vista se pueden clasificar los verbos según su valencia:

a.    Verbos monovalentes.

b.    Verbos bivalentes.

c.     Verbos trivalentes.

d.    Verbos tetravalentes. [...]

Argumentos requeridos por un verbo tetravalente:

a.      Una gente.

b.      Un objeto.

c.       Un destinatario.

d.      Un precio.

Juan vendió a Pedro un coche por 100.000 pesetas. [...]

Decimos que un verbo bivalente requiere dos argumentos y no que rige dos argumentos. Lo primero se puede denominar valencia argumental y lo segundo rección argumental. Distinguimos estas dos clases porque si adoptamos el concepto de rección, entonces está claro que un verbo no rige a su sujeto, sino sólo a su objeto. Ahora bien, esto no significa que no exista ninguna vinculación entre el verbo y su sujeto. El verbo sigue requiriendo el sujeto e impone sobre él restricciones semánticas precisas, aunque esto no se realice a través de la configuración estructural en virtud de la que hemos definido el concepto de rección. [...]

Es conveniente distinguir también la valencia y la rección argumentales de la obligatoriedad argumental. Un verbo puede requerir un argumento, pero esto no quiere decir que este argumento sea obligatorio. Por ejemplo, es evidente que “comer” es un verbo bivalente que requiere dos argumentos y rige uno (el objeto directo). Pero el verbo “comer” puede aparecer sin la presencia de ese argumento requerido y regido: Juan come mal. La confirmación de que a pesar de ello hay bivalencia es que esa oración sin segundo argumento lleva un argumento semánticamente implícito. En efecto Juan come mal significa normalmente que Juan come poca comida o que come mucha comida poco nutritiva: en ambos casos aparece el argumento requerido en el significado de la oración. Esto no ocurre con un verbo como “correr”, ya que Juan corre mal no significa que Juan corre pocas carreras o que corra muchas carreras malas, sino que realiza mal la acción de correr. Obsérvese que “correr” es un verbo monovalente a pesar de que puede regir un argumento no exigido: Juan corrió los cien metros vallas. Está claro que “los cien metros vallas” no está requerido por la valencia del verbo y sin embargo es un argumento regido por éste. Algo análogo se puede decir respecto de verbos como “morir” o “vivir” que pueden regir un objeto requerido: Juan vive mal no significa que vive poco, sino simplemente que organiza mal su vida, por ejemplo.

Todo ello se debe a que rección es un concepto que tiene que ver con la estructura jerárquica de la oración y no con los argumentos que el verbo requiera. El caso que acabamos de ver es uno en el que el verbo no requiere un argumento pero lo rige.

Por tanto, la valencia no implica obligatoriedad sintáctica aunque si una obligatoriedad semántica. Por supuesto, hay verbos como “carecer” que requieren y obligan a expresar el argumento objeto, en este caso decimos que ese argumento es exigido por el verbo. La rección, por otro lado no implica necesariamente valencia, tal como acabamos de ver. La valencia sirve para clasificar los verbos, pero la rección sirve para clasificar estructuras sintácticas.

Relación entre valencia, obligatoriedad y rección:

a.      La valencia verbal se define sobre la base del requerimiento argumental. Los verbos serán clasificados como mono, bi, tri o tetravalentes.

b.      La obligatoriedad de los argumentos exigidos. Los verbos n-valentes pueden a su vez clasificarse en diversos grupos según sea obligada u opcional la expresión material de cada uno de los n argumentos requeridos. Es decir, sobre la base de si cada uno de los n argumentos requeridos son exigidos o no.

c.       La rección verbal es una relación sintáctica que puede establecerse entre determinados sintagmas y los verbos. El sintagma regido puede ser requerido por la valencia del verbo. Los verbos se clasificarán entonces por el hecho de si permiten que haya argumentos regidos que no sean argumentos requeridos.

Ejemplos de relaciones entre valencia, obligatoriedad y rección:

a.      Verbos bivalentes con el segundo argumento requerido, pero no exigido: Comer, beber, escuchar, oír, creer, comprender.

b.      Verbos bivalentes con el segundo argumento exigido: Decir, carecer, hacer, encontrar, encender.

c.       Verbos que no pueden regir argumentos no requeridos: Llover, regresar, distraerse, palidecer.

d.      Verbos que pueden regir argumentos no requeridos valencialmente: Vivir, correr, morir, respirar, dormir

[Moreno Cabrera, Juan Carlos: Curso universitario de lingüística general. Tomo I: Teoría de la gramática y sintaxis general. Madrid: Síntesis, 1991, p. 337-340]

«Predicados y argumentos

Muchas de las propiedades combinatorias que se dan entre las piezas que conforman una oración están determinadas por el contenido semántico de aquellas. De este contenido semántico depende, por ejemplo, el número de SSNN que coaparecen con un núcleo verbal dentro de su proyección sintagmática. Así, en el caso de un verbo transitivo como pintar, sabemos que se construye con dos SSNN: el que pinta y lo pintado. Por el contrario, un verbo intransitivo del tipo de reír, sólo se construye con un SN: el que representa al que ríe. Este tipo de información parece estar contenida en el nivel léxico, previo a la estructura sintáctica.

En los últimos años se han producido importantes avances en el estudio de la información contenida en el léxico. Sabemos que en este nivel no sólo se encuentran almacenadas las categorías léxicas y funcionales, sino que, además, éstas aparecen caracterizadas por medio de un entorno sintáctico. […] En cuanto a las piezas léxicas, el léxico contiene información acerca de su categoría gramatical y de la llamada “relación predicado-argumento”.

Un predicado es todo aquel elemento léxico que denota una acción, proceso o estado y que selecciona un conjunto o de argumentos en función de su propio significado léxico. Por su parte un argumento se puede definir como el participante de una acción, proceso o estado imprescindible para que este se pueda llevar a cabo. El ejemplo típico de predicado es el verbo, mientras que los argumentos suelen ser siempre SSNN. Volviendo al verbo pintar, este actúa como un predicado que debe construirse con dos SSNN, los que representan al que pinta y al pintado, que van a ser sus argumentos. Una manera de formalizar esta idea es mediante paréntesis angulares del modo siguiente: Pintar <1, 2>. El conjunto de argumentos seleccionados por un predicado constituye su estructura argumental o estructura de predicado-argumento.

También pueden ser predicados los adjetivos, las preposiciones y ciertos nombres y adverbios (Demonte 1989). [...]

Los predicados asignan un valor semántico a los argumentos que seleccionan. Este valor es el llamado “papel temático”. Así, tomando de nuevo el verbo pintar, el argumento que realiza la acción consciente y deliberadamente recibirá el papel temático de agente, mientras que el objeto que la padece y se ve afectado por dicha acción de manera diversa se etiquetará con el papel temático de paciente.

Diversos autores han establecido una jerarquía dentro de la lista de papeles temáticos. La estructura argumental está dispuesta por un conjunto de argumentos dispuestos según un orden de prominencia (Williams 1982). El argumento externo agente, identificado en ocasiones notacionalmente con el subrayado, es el más prominente y se proyectará en la posición de sujeto: por eso se le denomina “argumento externo”; mientras que el argumento tema o paciente, el menos prominente, recibe el nombre de “argumento interno”. [...]

La idea que subyace a la teoría de los papeles temáticos es que todos los argumentos, por el hecho mismo de depender de un predicado, reciben su interpretación semántica de este. [...] La conclusión es que no puede haber ni más ni menos argumentos de los exigidos por el predicado. Esta generalización, que recibe el nombre de “Criterio temático” (Chomsky 1981), predice correctamente que una oración como *Juan bebió el vino el agua es agramatical, puesto que beber no selecciona dos objetos del mismo modo. *Juan entregó también es agramatical, puesto que no se han proyectado los argumentos necesarios para entender el significado del verbo entregar.

Se podría pensar que la noción de papel temático está incluida en la de función; de hecho, tradicionalmente, las funciones sintácticas han recibido una definición basada en nociones semánticas: el sujeto es el que realiza la acción, mientras que el objeto es lo realizado. Sin embargo, esto no siempre es así. [...] Así en El director rodó la película y en La película fue rodada por el director, la película sigue siendo el paciente, pues, semánticamente, establece la misma relación con el verbo, a pesar de que la función sintáctica que desempeña en cada oración es distinta. [...]

Por último, si bien pueden coincidir, es preciso mantener separadas las nociones de función sintáctica y de papel temático.»

[Rodríguez Ramalle, Teresa María: Manual de sintaxis del español. Madrid: Editorial Castalia, 2005, § 1.2.1.1]

«Adverbio y complemento circunstancial

No es acertado identificar los adverbios con los complementos circunstanciales adjuntos, pues existen adverbios que forman parte de la estructura argumental de ciertos predicados, por lo tanto, son argumentos.»

[Rodríguez Ramalle, Teresa María: Manual de sintaxis del español. Madrid: Editorial Castalia, 2005, § 3.7]

«Adverbios y construcciones adverbiales argumentales

Los adverbios y construcciones adverbiales pueden formar parte de la estructura argumental de los verbos. Tenemos, por ejemplo, adverbios y construcciones de cantidad seleccionados por predicados de medida, duración y valoración del tipo distar, durar, medir, tardar, costar, valer:

Esta camisa cuesta cinco mil pesetas,

La fiesta duró mucho;

adverbios y construcciones de lugar:

Juan reside en Madrid,

Luis guardó las fotos {en el cajón / allí};

y adverbios y construcciones de manera:

Juan se comportó muy mal,

María viste elegantemente.

Ninguno de estos complementos puede eliminarse, pues, al formar parte de la estructura argumental del predicado, resultan necesarios para completar el significado de este. El hecho de que posean rasgos sintácticos y semánticos propios ha llevado a autores como Rojo (1985) a proponer una etiqueta especial para ellos: la de complementos adverbiales

[Rodríguez Ramalle, Teresa María: Manual de sintaxis del español. Madrid: Editorial Castalia, 2005, § 3.7.2]

«Estructura argumental

Conjunto formado por los argumentos seleccionados semánticamente por un núcleo. (Cf. Argumento, Función semántica).

Estructura sintáctica

Estructura jerárquica formada por los constituyentes de una oración o un sintagma.»

[Eguren, Luis / Fernández Soriano, Olga: La terminología gramatical. Madrid: Gredos, 2006, p. 69-70]

«Estructura argumental

Especialmente en gramática generativa se denomina ‘estructura argumental’ a la estructura que refleja el número de argumentos requeridos por una unidad léxica, particularmente un verbo, así como los papeles temáticos o semánticos que asigna a cada uno de esos argumentos. Por ejemplo, la estructura argumental de meter podría representarse de la siguiente manera:

meter: <1 2 3> (Agente, Tema, Locativo).

Esto quiere decir que el verbo meter requiere tres argumentos (<1 2 3>); al primero de ellos le asigna el papel de AGENTE, al segundo de TEMA o paciente, en tanto que al tercero le corresponde el papel de LOCATIVO o UBICACIÓN. Así queda reflejado en el siguiente enunciado:

Juan Luis (agente) metió las cajas (tema) en el armario (locativo).

Igualmente, la ‘estructura argumental’ de dar en

Juan le dio la botella de colonia a su madre

sería: dar <1 2 3> (Agente, Tema, Receptor).»

[Alcaraz Varó, Enrique / Martínez Linares, María Antonia: Diccionario de lingüística moderna. Barcelona: Editorial Ariel, 1997, p. 211]

«Funciones sintácticas y funciones semánticas

Parece claro que las funciones, tanto sintácticas como semánticas, son relaciones y no características intrínsecas de las piezas léxicas o de las frases o sintagmas. [...] En realidad, es en gran medida el núcleo verbal el que, en definitiva, determina esas relaciones dentro de la oración, en tanto que escoge los elementos que intervienen en el conjunto oracional. Una función, ya sea sintáctica o semántica, puede definirse, en suma, como una determinada relación con un núcleo (el verbal en particular) o con otro sintagma.

Sabemos, además, que ciertos elementos oracionales están seleccionados semánticamente por el verbo y forman parte de su significación. [...] Estos elementos seleccionados por los núcleos verbales se denominan generalmente ‘argumentos’ y su número es lo que se conoce como ‘valencia’.

Además de los argumentos, en las oraciones pueden aparecer otros sintagmas (generalmente preposicionales o adverbiales) que no están requeridos semánticamente, pero que contribuyen a precisar el significado de la oración: son los denominados ‘adjuntos’. [...]

La cuestión de cuál sea el inventario exacto de los papeles semánticos o funciones semánticas y de cómo se definen no está cabalmente resuelta en el estado actual de la teoría gramatical. Hay funciones semánticas como las de

agente, causa, paciente, tema, destinatario, experimentante, beneficiario, locación...

que pueden reconocerse y definirse con claridad, pero la lista es claramente más larga. [...]

Los argumentos y los adjuntos, con su función semántica asociada, establecen determinadas relaciones estructurales con el núcleo del predicado y con el predicado en su totalidad: son las funciones sintácticas. Así el sujeto es el constituyente que se combina con el predicado para formar una oración; el objeto directo es el argumento con el que el verbo establece una relación más cercana y estrecha; y el objeto indirecto, por su parte, se relaciona globalmente con el verbo y su objeto directo: es el segundo objeto seleccionado. [...]

La gramática también permite que los verbos seleccionen un objeto introducido por una determinada preposición. Este sintagma (al que se pueden designar diferentes funciones semánticas) se ha denominado, dependiendo del autor, ‘complemento de régimen preposicional’ o ‘suplemento’. [...]

Debe tenerse en cuenta que las funciones semánticas son independientes de las sintácticas y que no conviene mezclarlas ni, como se hace a veces, utilizar las primeras para definir las segundas. Esto es, una definición del tipo “sintagma o frase que recibe directamente la acción del verbo” es más apropiada para la noción de ‘paciente’ que para la de ‘objeto o complemento directo’. [...] El uso que a veces se hace de las funciones semánticas para definir las funciones sintácticas ha llevado, en suma, en algunos casos a etiquetar como complementos circunstanciales a argumentos que forman parte del régimen verbal. [...]

Se puede concluir que las funciones sintácticas se definen por su relación, por su posición en la estructura jerárquica, y se reconocen por sus marcas. Las funciones semánticas (agente, paciente, experimentante...) que desempeñan los sintagmas y las oraciones indican también, por su parte, una determinada relación con el núcleo del predicado (semántica en este caso) y se definen nocionalmente. Conviene tener presente, en fin, que no existe una relación biunívoca entre funciones sintácticas y funciones semánticas y que no se puede, por tanto, definir unas en función de las otras.»

[Eguren, Luis / Fernández Soriano, Olga: La terminología gramatical. Madrid: Gredos, 2006, p. 36-41]

«En el modelo generativista, la representación semántica léxica de un predicado se compone, además de su estructura temática, de sus propiedades aspectuales o eventivas, es decir, de la información relativa al tipo de evento (situación o suceso descrito por el V en que los argumentos del V participan) que un predicado denota: actividad, logro y estado, según la clasificación de Vendler (1967). Con esta representación se quiere significar que las posiciones sintácticas que ocuparán los argumentos no son una cuestión de idiosincrasia léxica, sino que son predecibles a partir de unas representaciones semánticas léxicas jerarquizadas temática y aspectualmente que interactúan entre sí.»

[Cifuentes Honrubia, José Luis: Sintaxis y semántica del movimiento. Aspectos de Gramática Cognitiva. Alicante: Instituto de Cultura “Juan Gil-Albert”, 1999, p. 48 n. 24]

«Teoría temática

Las gramáticas tradicionales describen la distribución de los argumentos en términos de la “transitividad” del predicado con el que están relacionados. Los predicados intransitivos seleccionan un solo argumento, los transitivos seleccionan dos argumentos y los ditransitivos tres argumentos. Estos tres tipos de predicados se ilustran a continuación mediante predicados verbales:

INTRANSITIVOS

a.    Juan durmió.

b.    Los niños bailan.

c.     Llega el tren.

TRANSITIVOS

a.    María compró pan.

b.    Susana construyó una casa.

c.     Los estudiantes saben la respuesta.

DITRANSITIVOS

a.    Pedro le mandó un paquete a José.

b.    El perro le dio un mordisco al hueso.

El término “ditransitivo” se usa normalmente para predicados que tienen tanto un objeto directo como un objeto indirecto, además de un sujeto. También hay predicados que aparecen con un objeto directo y un sintagma preposicional locativo, como

Susana dejó el lápiz en la mesa,

que tienen tres argumentos, pero que tradicionalmente no se consideran ditransitivos.

Dicho sin formalismos, la noción de transitividad describe el número de argumentos que se requieren para que el significado del predicado sea completo. Por ejemplo, el verbo ditransitivo mandar exige el individuo que lleva a cabo la acción (Pedro), otro que se someta a la acción (el paquete), y una persona o lugar que indique el punto final del envío (José). El número de argumentos que exige un predicado dado es una propiedad léxica del predicado, lo cual significa que el número de argumentos que se exigirán no es predecible sino a partir del significado de la propia pieza léxica. La entrada léxica para cada predicado incluye la especificación de la transitividad, a menudo llamada estructura argumental predicativa o simplemente estructura argumental. La estructura argumental de una pieza léxica especifica el número de argumentos exigidos. La estructura argumental de la pieza ha de estar satisfecha cuando ésta se inserta en una derivación sintáctica, garantizando que el predicado no se usa en estructuras en las que haya demasiados argumentos o demasiado pocos.

En el marco del modelo de Principios y Parámetros la estructura argumental se expresa en las piezas léxicas en términos de uno o más papeles semánticos asignados por un predicado dado. Por ejemplo, un verbo ditransitivo como mandar asigna un papel Agente (el que envía), un Tema o Paciente (la cosa enviada), y una Meta (el punto final); el verbo intransitivo bailar selecciona un Agente, etc.

a.    mandar: Agente, Tema, Meta

b.    bailar: Agente

c.     comprar: Agente, Tema

d.    saber: Experimentador, Tema

La especificación de estos roles, llamados Papeles Temáticos o papeles θ, indica en cada entrada léxica tanto el número de argumentos exigidos por un predicado, como el papel semántico específico que cada argumento tiene en relación con el predicado.»

[Zagona, Karen: Sintaxis generativa del español. Madrid: Visor Libros, 2002, p. 88-89]

«La determinación de los argumentos

No existen muchos criterios que nos permitan determinar con precisión si un determinado constituyente es central [argumental] o periférico. Aunque no son universales, existen algunos que son relativamente fiables en los contextos en los que funcionan:

1) Sustitución por la proforma hacerlo. Es aplicable para determinar el carácter argumental de complementos directos, de complementos indirectos o de suplementos. Sólo ofrece resultados positivos con los verbos de acción. Serán actantes o argumentos los sintagmas que puedan ser sustituidos por lo en hacerlo.

Dedicó una sonata a los niños.

*Lo hizo a los niños.

Compuso una sonata para los niños.

Lo hizo para los niños.

2) Prueba de las ecuandicionales o perífrasis condicionales. En el primer segmento (el hipotético) de una estructura ecuandicional hallamos un indefinido que reproduce los caracteres del segmento que se focaliza.

Vendrá mi hermana.

Si alguien viene, será mi hermana.

Pues bien, si el segmento que se enfatiza era actante en la estructura de origen, el indefinido de la ecuandicional no puede suprimirse. En el caso contrario, la posibilidad se restablece:

Vendrá mi hermana.

*Si Ø viene; será mi hermana.

3) Nominalizaciones: Los nominales correspondientes a lexemas conservan su valencia combinatoria. Si no se produce una ‘absorción funcional’, es decir, si uno de los argumentos no es absorbido en la propia nominalización, tal lexema nominalizado mantiene la posibilidad de combinarse con el mismo número de argumentos, asociados a las mismas funciones y restricciones semánticas. En esta transformación pueden modificarse, como es natural, las preposiciones o índices funcionales.

El cura absolvió a la pecadora.

(?)La absolución del cura a la pecadora.

Enseña cálculo a los adultos.

La enseñanza del cálculo a los alumnos.

Esta prueba no posee un valor universal, pues no todos los verbos mantienen relación con un sustantivo derivado de su misma raíz.

4) Prueba de participios: El participio presenta unas características especiales que lo singularizan frente al infinitivo y al gerundio. Por un lado, conserva el mismo número de huevos funcionales que la manifestación finita de su mismo lexema: se modifica únicamente el ‘sujeto’ (que pasa a ‘complemento agente’) y el ‘objeto directo’ (que se convierte en sujeto del participio).

Roberto envió un regalo a sus padres ayer por Seur.

Un regalo enviado por Roberto a sus padres ayer por Seur.

Un regalo fue enviado por Roberto a sus padres ayer por Seur.»

[Gutiérrez Ordóñez, Salvador: “Los dativos”. En: Bosque, Ignacio / Demonte, Violeta (eds.): Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid: Real Academia Española / Espasa Calpe, 1999, § 30.2.2]

«Tipos de predicación

Según la naturaleza del predicado, una oración puede ser atributiva o predicativa. Cuando el predicado expresa una cualidad del sujeto hablamos de una 'oración atributiva':

Maggie es la mamá de Gabrielita.

Patty está contenta con su trabajo.

La relación semántica entre el sujeto y el predicado en estos casos puede ser ecuativa o identificativa, puede indicar una relación de inclusión, pertenencia o clasificación del sujeto, o puede expresar una cualidad del sujeto.

'Oración predicativa', por otra parte, es aquella que expresa un fenómeno o situación en los que participa el sujeto:

Pablo lee historietas de aventuras.

Guillermo estudió mucho este año.

El verbo puede ejercer una predicación completa o incompleta. Se tiene una 'predicación completa' cuando el verbo expresa por sí solo lo que se desea decir del sujeto:

El árbol floreció.

A veces pueden aparecer otros elementos junto al verbo, los cuales vienen a completar lo que se quiere decir del sujeto. Este es el caso de la 'predicación incompleta'. En este grupo incluimos también los verbos copulativos:

Maggie le compró un vestido a Gabrielita.

Roberto trabajó el fin de semana pasado.

Maggie es la mamá de Gabrielita.

Las frases que completan la predicación del verbo se denominan 'complementos'. Según la RAE (1973: § 3.4.3), 'complemento u objeto directo' es el sintagma que "precisa la significación del verbo [transitivo], y denota a la vez el objeto (persona, animal o cosa) en que recae directamente la acción expresada por aquel". 'Complemento indirecto' es aquel "que expresa la persona, animal o cosa en que se cumple o termina la acción del verbo [transitivo] ejercida ya sobre el complemento directo". 'Complemento circunstancial' es el sintagma que "determina o modifica la significación del verbo, denotando una circunstancia de lugar, tiempo, modo, materia, contenido, etc." Llamaremos aquí 'complemento atributivo' (o 'atributo') al complemento de un verbo copulativo. [...]

Denominaremos 'complementos argumentales' a aquellos complementos que son requeridos por el verbo para completar su predicación. Así en

Guillermo hace sus tareas en la biblioteca,

Pablo puso los pollos en el corral,

son complementos argumentales, ya que sin ellos la oración es agramatical. En el caso de en el corral diremos que se trata de un complemento argumental locativo. Denominaremos 'complementos periféricos' o adjuntos a aquellos complementos que vienen a completar la predicación del verbo, pero que no son estrictamente requeridos por él. Por lo tanto, en la biblioteca sería un complemento periférico.»

[Campos Héctor: “Transitividad e intransitividad”. En: Bosque, Ignacio / Demonte, Violeta (eds.): Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid: Real Academia Española / Espasa Calpe, 1999, § 24.1.2]

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