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DESIGNATUM Designación (comp.) Justo Fernández López Diccionario de lingüística español y alemán
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Referenz |
Designatum (Plural: Designata)
Designación/Designado / Designatum/Designata / Denominación
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„Designatum
Término escolático retomado por Hjelmslev para indicar la sustancia del contenido, y por Morris (1938) para el concepto de „denotatum“.“ [Cardona, G. R., p. 78]
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“Designación, designado, designatum/designata
1. En semántica, el término ‘designación’, también llamado ‘denominación’, es la relación de asociación que se establece entre un signo lingüístico y un referente, esto es, la realidad extralingüística, llamada igualmente designado (o designatum/designata). De acuerdo con Coseriu (1968: 3-16), muchos de los problemas del análisis semántico han surgido por confundir la realidad extralingüística, o designatum, con el contenido semántico o significatum.
2. En la semántica de Pottier (1969: 66), una ‘designación’ es un término que pertenece a un conjunto táxico no finito, cuya forma es un lexema.
3. Relaciones de designación: La semántica semiótica analiza las vinculaciones de los signos con el mundo al que hacen referencia, es decir, con los objetos a los que se aplican.
[Alcaraz Varó, Enrique / Martínez Linares, María Antonia: Diccionario de lingüística moderna. Barcelona: Editorial Ariel, 1997, p. 170]
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«Hay una manera muy común de pensar entre los lingüistas: la de separar como cosas diferentes lo que no son ni significados distintos, ni formas distintas, ni estructuras semántico-sintácticas distintas, sino sentidos distintos que resultan de las relaciones “lógicas” con los diversos elementos del contexto o de esa confrontación constante que se hace entre significado y realidad designada. Como confunden significado con designatum, no acaban de entender que una cosa es que el subjuntivo signifique el “no cumplimiento” y que otra cosa muy distinta es que designe el “cumplimiento de la acción”, porque el subjuntivo, como es natural, significa siempre cualquier realidad designada como abstracta, o, si se quiere, en forma de “no cumplimiento”, con independencia de que lo designado, en sí mismo, sea realmente abstracto o no.»
[Trujillo, Ramón: “Sobre el uso metafórico de los modos en español”. En: Wotjak (ed.): El verbo español. Aspectos morfosintácticos, sociolingüísticos y lexicogenéticos. Frankfurt am Main: Vervuert, 1996, p. 38]
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«Habría que distinguir entre significado y sentido (cfr. E. Conseriu 1976 y 1980). El significado, independiente del nivel de que se trate, se corresponde con una serie de marcas opositivas que las unidades de una lengua mantienen entre sí. El sentido, es la acumulación de marcas que una unidad recibe en el texto. De ahí que no estemos de acuerdo con estos autores al amalgamar en un mismo nivel las funciones sintácticas y semánticas (estáticas) y las pragmáticas (textuales). Por otra parte, tampoco se delimita el contenido opositivo de estas funciones semánticas, que más bien se corresponde con lo que E. Coseriu denomina relaciones de designación: “Semantic roles are tus an aspect of the relation between sentences and the situation they refer to (A. Andrews 1985: 62).»
[Espinosa, Jacinto: Estructuras sintácticas transitivas e intransitivas en español. Cádiz: Universidad de Cádiz, 1997, p. 384 n. 43]
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