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KLAUSEL Cláusula

(comp.) Justo Fernández López

Diccionario de lingüística español y alemán

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Vgl.:

Frase / Periode / Proposition / Satz / Syntagma / Oración / Enunciado / Texto / Cláusula absoluta

Cláusula  ·  engl. clause (‘Teilsatz’)

Klausel: Rhythmischer Satzschluss der antiken Kunstprosa.“ [Heupel, C., S. 113]

Phrase: Aus dem Engl. übernommene Bezeichnung für syntaktisch zusammengehörige Wortgruppen ohne finite Verbformen (NP). Im Unterschied zu phrase bezeichnet engl. clause (Teilsatz) syntaktische Konstruktionen mit finiter Verbform (VP), d. h. clause steht in der grammatischen Hierarchie zwischen phrase und sentence.“ [Bußmann, H., S. 584-585]

Cláusula: Término de la estilística antigua que indicaba el esquema métrico de la última parte de una frase en la prosa rítmica (numerus, > „cursus“), después se ha vuelto a usar, por influjo del inglés clause, para indicar una unidad sintáctica intermedia entre la frase y el sintagma. La dificultad terminológica subsiste; en inglés se habla de transitive o intransitive clause, que se puede traducir con proposición o frase transitiva o intransitiva pero, al mismo tiempo, con proposición o frase traducimos sentence, que indica la unidad superior a la clause.“ [Cardona, G. R., p. 48-49]

Cláusula:

(1)   Parte final de un período lingüístico, en la cual los escritores griegos y latinos intensifican los efectos rítmicos, con una especial disposición de cantidades, tonos o acentos. Aplicados a la prosa dichos efectos, surgió la prosa rítmica, cuyo primer teórico es el sofista Trasímaco (s. V antes de J. C.).

(2)  A veces se toma como sinónimo de frase u oración, sobre todo, en la expresión cláusula absoluta.“

      [Lázaro Carreter, F.: Diccionario de términos filológicos ..., p. 94]

Cláusula

Como término y realidad métrica, Navarro Tomás se refiere a ella así: «Dentro del período, las palabras se organizan ordinariamente en núcleos de dos o tres sílabas. En algunas ocasiones, el espacio correspondiente a la cláusula lo ocupa una sola sílaba y a veces, con menos frecuencia, cuatro sílabas. La mayor parte de los versos son de período binario, formado por dos cláusulas, una en el tiempo marcado o principal y otra en el tiempo débio o secundario. En ciertos tipos de versos, la organización de las cláusulas forma tres o cuatro tiempos en cada período. Siendo lo común que el acento, fuerte o débil, afecte de manera principal a la primera sílaba de cada cláusula, la forma de ésta corresponde generalmente a los tipos trocaico, óo, o dactílico, óoo. Por la forma de sus cláusulas, el período puede ser uniformemente trocaico, dactílico o mixto. En el conjunto de la versificación, los metros de período mixto son de uso más frecuente que los de período uniforme».

Completa y sintetiza Navarro en otro lugar: «Los tipos básicos del ritmo en la versificación española son el trocaico y el dactílico, ambos de movimiento descendente. Las combinaciones de uno y otro dan lugar a varias formas de ritmo mixto. Las modalidades designadas con los nombres de yámbica, anapéstica y anfibráquica, concebidas bajo la imagen de la métrica grecolatina, se identifican en su realización práctica con los tipos trocaico y dactílico, por virtud del efecto regulador de la anacrusis. La eliminación de estas cláusulas clásicas se compensa en el verso español mediante numerosos recursos rítmicos que la versificación grecolatina no conoció [...] Como producto temporal y dinámico, el ritmo puede ser más o menos lentos y más o menos fuerte. En relación con estas condiciones es natural que en unos casos produzca impresión de gravedad y firmeza y en otros de ligereza y suavidad. En líneas generales es posible apreciar que el ritmo trocaico sugiere serenidad y equilibrio y que el dactílico, por el contrario, indica exaltación y vehemencia. El ritmo mixto se presta especialmente a la expresión discursiva y flexible. En este plano de correspondencia ha sido corriente aplicar los metros breves a los temas líricos y los metros largos a los temas épicos».

[Abad, Francisco: Diccionario de lingüística de la escuela española. Madrid: Gredos, 1986, p. 76-77]

Proposición

Se refiere al concepto y término Amado Alonso: «En algunas gramáticas extranjeras las expresiones que son oraciones por la forma, pero no por el sentido se llaman miembros de oración con forma de oración, lo cual en español sería una buena explicación, pero no un nombre; en las nuestras se suelen llamar desde Bello proposiciones, para distinguirlas convencionalmente de las oraciones plenas. Oración es el término tradicional de nuestras gramáticas para designar la expresión de sentido completo. Por desgracia algunos gramáticos recientes han introducido otro término también convencional, cláusula, con el cual designan especialmente a la oración de sentido completo, como si el tener sentido completo fuese cosa de una clase especial de oraciones y no lo normal. Es evidente que sin embargo conviene dar el nombre especial a las oraciones especiales, y conservar el nombre tradicional de oración para las oraciones normales. Las oraciones especiales son las que si bien tienen sujeto y predicado, no tienen sentido completo; y el nombre especial debe reservarse para ellas como hizo Bello. Muy de desear es que se destierre de nuestras gramáticas el término cláusula, que es impropio, injustificado y provocador de confusiones».”

[Abad, Francisco: Diccionario de lingüística de la escuela española. Madrid: Gredos, 1986, p. 199-200]

«En este capítulo el término ‘frase’ será usado en su sentido más general, que incluye el sentido de ‘frase verbal extendida’ o ‘cláusula’ (la “frase más larga”), y el término ‘cláusula’ será aplicado tanto a las “frases más largas” independientes como a las dependientes, es decir, tanto a, p. ej., Juan dice que Ana escribió un libro como a que Ana escribió un libro. Los dos tipos de frase que importan más son la frase verbal y la frase nominal, con el sujeto incluido, si hay sujeto (o las frases “extendidas” correspondientes), es decir, las dos realizaciones estructurales canónicas de la proposición.»

[Peregrín Otero, Carlos: “Pronombres reflexivos y recíprocos”. En: Bosque, Ignacio / Demonte, Violeta (eds.): Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid: Real Academia Española / Espasa Calpe. 1999, vol. 1, § 23.1, p. 1433]

«De la combinación de fonemas, nacen los morfemas - en el más amplio sentido de este término, que incluye lexemas y morfemas -; y de la combinación de éstos surge, regularmente, la palabra. Ella, por sí sola o combinada, forma el sintagma; de la combinación de dos sintagmas distintos en relación de interdependencia nace la cláusula o nexus (SN-SV) con una estructura compleja; y combinando cláusulas formamos una oración. De su combinación en torno a un centro temático surge el párrafo; y el monólogo es, generalmente, un encadenamiento de párrafos. Varios monólogos sobre un tema o topic común de interlocutores diversos conforman un diálogo.

Es decir, que regularmente las unidades de un nivel, combinadas, forman las del nivel superior. Las unidades y niveles de la oración y las supraoracionales tienen autonomía semántica; son unidades gramaticales, con forma de expresión lingüística y forma de contenido suficientes para transmitir un mensaje inteligible. Las unidades inferiores a la oración pueden ocasionalmente tener ese carácter, y transmitir un mensaje inteligible, pero en principio no lo necesitan; es decir, que en principio son unidades esencialmente gramaticales, componentes de mensajes o de unidades textuales. Mas es oportuno insistir en que igualmente gramaticales son el parágrafo, el monólogo o el diálogo; pero además de esto, son también textuales, de mensaje. [...]

En el sistema lingüístico pueden darse las combinaciones normales de elementos, o pueden producirse ciertos desajustes. La lengua es muy dúctil y rica, y dentro de la rigidez funcional de sus rangos, permite una notable flexibilidad al formar las cadenas lingüísticas.

En la lengua pueden darse saltos de niveles:

a)    que una sola unidad forma unidades del nivel inmediato superior (un sintagma forma cláusula; una cláusula, oración; una oración, parágrafo, etc.)

b)    que unidades de un nivel sean formantes de unidades de dos niveles más altos - salto de nivel de primer grado - (Ejs.: que una palabra forma cláusula; que un solo sintagma forme oración, etc.).

c)    que unidades de un nivel formen las de otro grado superior - salto de nivel de segundo grado - (Ejs.: que una sola cláusula forme parágrafo, etc.). Esto es bastante frecuente.

En la otra dirección tenemos las siguientes posibilidades:

a’)   que una unidad sea formante de una estructura de su propio nivel; es decir, que una oración forma parte de otra oración, una cláusula de otra cláusula (Ej.: Le pedí que le dijeran lo que habíamos hablado); un sintagma de otro sintagma (Ej.: Casa de madera); una palabra de otra palabra (Ejs.: Saltamontes); etc. Es lo que llamamos inserción.

b’)   Que unidades de un nivel formen parte de otras del nivel inmediato inferior o de dos inferiores. Es lo que denominamos retroinserción de primer, segundo ... grado. Así, por ejemplo, que una oración forme parte de una cláusula (Ej.: Dijo la sartén al cazo: Apártate que me tiznas); o una cláusula de un sintagma (Ej.: Los alumnos trabajan ...) o de una palabra (Ej.: Un no-sé-qué). Estos fenómenos de inserción y retroinserción responden al procedimiento llamado de recursividad, que garantiza a la par la rigidez de los niveles en que se organiza una lengua, así como su gran flexibilidad o ductilidad.

Este planteamiento nos permite interpretar adecuadamente cualquier estructura de la lengua, aun las que pueden aparecer anómalas. Así, por ejemplo, ya no tendremos dificultad en interpretar unidades del tipo ¡Socorro!, ¡Enhorabuena!, etc. como auténticas oraciones, pues son unidades de comunicación que transmiten un mensaje, que se acomodan perfectamente al concepto de oración, y podremos decir que responden a la inserción, por salto de nivel múltiple, de una palabra en la estructura de oración.

Un estudio gramatical consta de dos partes:

a)    una que se ocupa de las formas de expresión, de la formación y composición de todas las unidades en todos los niveles de la lengua, a la que llamamos Mórfica, y

b)    una segunda parte que atiende a las funciones, relaciones y combinaciones de todas las unidades en la estructura, y de las relaciones entre estructuras de diversos niveles de la lengua. Es, sin duda, la parte nuclear, la Sintaxis.

No entraremos aquí en los niveles superiores al parágrafo, pues no es nuestra intención hacer una gramática del texto

[Hernández Alonso, César: Nueva sintaxis de la lengua española. Salamanca, 1995, p. 23-26]

„Hoy es ya casi general en Lingüística distinguir dos tipos de unidades distintas, una con autonomía semántica, gramatical y fónica, y que es capaz de transmitir un mensaje por sí sola; y una segunda, que con estructura /SN-SV/, coincidente en gran parte con la de la otra, no es, por sí, unidad autónoma, sino formante de oración.

La tradición gramatical fundió ambas en una sola unidad llamada ‘oración’, y distinguía en ellas entre principales y subordinadas, o bien entre oraciones y suboraciones; o entre oraciones y proposiciones; etc. Mas dada la polisemia de todos estos términos, conviene poner orden en los conceptos.

Hoy unos distinguen entre expresión y oración /(SN + SV)/, o entre sentence y clause, o entre cláusula y oración, o entre oración y cláusula, etc.

Lo importante no son los términos, sino la distinción de dos conceptos, niveles y unidades. Lo que unos llaman expresión, sentence y aun cláusula es lo que nosotros llamamos oración; mientras que lo que llaman oración, clause ... es lo que nosotros denominamos nexus o cláusula.“

[Hernández Alonso, C.: Nueva sintaxis de la lengua española, p. 67]

„Concepto y estructura del nexus o cláusula: Para nosotros, esta unidad consta de dos miembros /SN-SV/ relacionados entre sí por interdependencia, y marcados por unos morfemas comunes en sendos núcleos - lo que se llama ‘concordancia’ -.“  [Ebd., S. 70]

„Seguimos, pues, interpretando que la estructura de la cláusula oracional en nuestra lengua es bimembre, sujeto-predicado, o SN-SV, en la que ambos miembros se condicional mutuamente desde un punto de vista sintáctico. Por ello creemos que son huecos funcionales obligatorios, relacionados entre sí, en el nivel de funtemas, por interdependencia.“

[Hernández Alonso, C.: Nueva sintaxis de la lengua española, p. 72]

„El texto, es, pues, una secuencia de una o más oraciones que se caracteriza sintácticamente, en el caso de la existencia de más de una oración, por marcas de cohesión. Entre las marcas figuran como especialmente explícitos los conectores textuales. Como en el caso de la cláusula, que puede carecer de sintagmas nominales relacionados con el núcleo verbal (‘Está lloviendo’), hay ejemplos de texto constituidos por una sola oración, como en ‘Prohibido fumar’. Se entiende aquí por oración la unidad sintáctica provista de modalidad, es decir, con cierta marca entonativa y eventualmente otras marcas que permiten determinar el tipo, declarativo, interrogativo, imperativo, etc. de la expresión cmo un todo. La oración puede tener estructura de cláusula (o de varias cláusulas interrelacionadas), pero no necesariamente. Consideraré la modalidad declarativa como la no marcada, aunque desde el punto de vista verbal sea el imperativo el modo no marcado, y, como marca de modalidad, haga pensar en que sea la modalidad imperativa la no marcada.

El modo más general de ver estas unidades consiste en concebir la lengua como un conjunto de procedimientos disponibles que permiten, por una parte, estructurar semánticamente unidades de información de naturaleza cognoscitiva, y, por otra, procedimientos que permiten estructurar sintácticamente el conjunto de marcas que representan dicha información. La unidad básica desde el punto de vista comunicativo es el texto; desde el punto de vista cognoscitivo sobresale la unidad léxica como tablero de conexión entre pensamiento y lengua.

La interpretación de cada oración se integra en un modelo cognoscitivo del texto, construido a partir de un esquema de conocimiento acerca de cómo tiene lugar un procedimiento judicial.“

[Garrido, Joaquín:  „Operadores epistémicos y conectores contextuales“. In: Haverkate, Henk (ed.); Hengeveld, Kees (ed.); Mulder, Gijs (ed.); Berniell, Silvia (ed.). Aproximaciones pragmalingüísticas al español. Amsterdam: Rodopi, 1993. p. 6-7]

«Cláusula:

Según el uso procedente de la lingüística de tradición inglesa, el término ‘cláusula’ designa a la unidad gramatical cuya estructura está constituida por las funciones sintácticas organizadas en torno a un verbo: sujeto, objeto directo, objeto indirecto, etc. El que una unidad sea o no considerada cláusula depende pues, exclusivamente, de su estructura y no de su funcionamiento. Así, en los enunciados

Han llegado las lluvias,

Toma el dinero y corre,

Me prometió que devolvería el dinero,

serían ‘cláusulas’ según este sentido, Han llegado las lluvias, Toma el dinero, Corre, Me prometió que devolvería el dinero, que devolvería el dinero, puesto que en todas ellas pueden reconocerse funciones sintácticas organizadas en torno al verbo. Es habitual que quienes utilizan este término en el sentido aquí descrito empleen asimismo oración (sentence) con un sentido teóricamente distinto del que tiene cláusula, normalmente relacionado con el funcionamiento de la unidad y no con su estructura.»

[Alcaraz Varó, Enrique / Martínez Linares, María Antonia: Diccionario de lingüística moderna. Barcelona: Editorial Ariel, 1997, p. 113]

„J. M. Lope Blanch (1979) renueva el uso de cláusula como «unidad de manifestación» ... «expresión autónoma desde el punto de vista de la elocución» sin forma gramatical determinada y entre dos pausas. Gramaticalmente reserva el nombre de oración para el segmento entre cuyos elementos se establece una relación predicativa y el de frase para la expresión constituida por uno o más morfemas no organizados de acuerdo con la estructura Sujeto y Predicado. Fija asimismo el sentido de período para la expresión de dos o más oraciones o frases relacionadas entre sí por hipotaxis o parataxis. Su teoría la ha aplicado con indudable fortuna al análisis gramatical de textos orales y escritos, populares y cultos.“

[Alcina Franch, Juan: „Spanisch: Syntax“. In: In: Holtus, Gunter (ed.); Metzeltin, Michael (ed.); Schmitt, Christian (ed.). Lexikon der Romanistischen Linguistik (LRL), Tübingen : Niemeyer, 1992, Bd. VI, p. 161] 

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