Hispanoteca - Lengua y Cultura hispanas

Tiempos absolutos y tiempos relativos

(comp.) Justo Fernández López

Diccionario de lingüística español y alemán

www.hispanoteca.eu

horizontal rule

Vgl./ver:

Tempus / Aspekt / Verbklassifikation - Clasificación de los verbos / Correspondencia de tiempos / Esfera temporal / Doble acceso

 

Los tiempos absolutos orientan sus relaciones respecto del momento del habla.

Los tiempos relativos se orientan respecto de un punto de la línea temporal, el cual funciona en consecuencia como punto de referencia o de anclaje distinto del momento del habla.

Relative und absolute Tempora

„Einige Grammatiken wie z. B. Admoni gebrauchen den Begriff relatives Tempus für das Futur II und das Plusquamperfekt und stellen diese damit den absoluten Tempora gegenüber. Eisenberg lehnt diesen Begriff als ungerechtfertigt ab. Wir halten an ihm für das Plusquamperfekt und das Futur II fest, die wir als Tempora bestimmen, welche in ihren Bedeutungen alle drei Bestimmungspunkte aufweisen und bei denen der Ereigniszeitpunkt außer durch seine Stellung zum Sprechzeitpunkt auch in Hinblick auf einen weiteren Punkt definiert ist.“

[Hentschel / Weydt: Handbuch der deutschen Grammatik, S. 105-106]

«Tempus

Grundlegende (morphologisch-) gramm. Kategorie des Verbs, die die zeitliche Relation zwischen Sprechakt (S) und dem durch die Aussage bezeichneten Sachverhalt oder Ereignis (E) kennzeichnet, d.h. das jeweils angesprochene Geschehen zu der zeitlichen Perspektive des Sprechenden in Beziehung setzt. Das Präteritum kodiert die Relation E vor S, und das Präsens drückt die Gleichzeitigkeit von S und E aus. Neben diesen „absoluten“ Tempora gibt es „relative“ Tempora, in denen S und E vermittels eines Referenzpunktes (R) in Beziehung gesetzt werden: Plusquamperfekt (E vor R vor S), Futurperfekt (E vor R nach S), Perfekt (E vor R gleichzeitig mit S). In manchen Sprachen kann auch die zeitliche Distanz von E zu S oder R zum Ausdruck gebracht werden, z.B. dass E vor S liegt, aber zum selben Typ gehört (heute Präteritum). Neben diesen Grundbedeutungen der Tempusformen gibt es zahlreiche Verwendungsbedeutungen (vgl. z.B. Präsens). Für die Wahl des Tempus eines eingebetteten Satzes in Relation zum Tempus des Matrixsatzes gibt es in verschiedenen Sprachen verbindliche Regeln, vgl. Consecutio Temporum.

Tempussysteme sind sprachspezifisch unterschiedlich gegliedert; die einzelnen Formen kodieren häufig nicht nur T., sondern auch Aspekt- und Modus-Kategorien. Daher ist die T.-Analyse ziemlich komplex, zumal auch stilistische Faktoren sowie der situativ-pragmatische Kontext die T.-Verwendung beeinflussen.» [Bußmann 1990: 773]

«Wir haben nun also, im Spanischen, die folgenden absoluten Tempora: presente, pretérito imperfecto, pretérito perfecto simple, pretérito perfecto compuesto, futuro; die relativen sind: pretérito pluscuamperfecto, pretérito anterior, futuro perfecto, condicional, condicional perfecto.»

[Cartagena, N. / Gauger, H.-M.: Vergleichende Grammatik. Spanisch-Deutsch. Mannheim, 1989, Teil 2, S. 427]

«Los absolutos pueden también emplearse como relativos, pero no viceversa.» [RAE 1931, § 289]

«Hay tiempos absolutos o directamente medidos (presente, canto; pretérito perfecto simple, canté; pretérito perfecto actual, he cantado, y el futuro absoluto, cantaré); y tiempos relativos o indirectamente medidos, ya que su situación en nuestros conceptos temporales necesita concretarse por medio de otro verbo o un adverbio.

Si digo: Cantaba, nuestro interlocutor dirá: ¿Cuándo?, porque el tiempo de las formas relativas necesita determinarse. Si añado: Ayer cantaba, este imperfecto adquiere un sentido temporal que por sí solo no tenía.

Los tiempos propiamente no son valores fijos, sin transformaciones relativas del concepto verbal. Aun los absolutos pueden derivar hacia el futuro o hacia el pasado dentro de las conexiones temporales de la frase.»

[Alonso, M.: Gramática del español contemporáneo. Madrid: Guadarrama, 1968, p. 135-136]

«Se llaman tiempos absolutos los que, medidos desde el momento en que hablamos, se sitúan por sí solos en nuestra representación como presentes, pasados o futuros, sin necesitar conexión alguna con otras representaciones temporales del contexto o de las circunstancias del habla. Son tiempos directamente medidos desde nuestro presente. Se usan generalmente como absolutos los siguientes tiempos: presente, perfecto simple, perfecto compuesto y futuro; también es absoluto el imperativo, puesto que el mandato es presente y el cumplimiento de lo mandado es futuro. Su punto de referencia es el acto de la palabra.

Los restantes tiempos de la conjugación son relativos o indirectamente medidos, porque su situación en la línea de nuestras representaciones temporales necesita ser fijada por el contexto, y especialmente por medio de otro verbo o de un adverbio con los cuales se relaciona: Cuando usted llegue habremos terminado la tarea.

Los tiempos que hemos llamado absolutos pueden ser también medidos indirectamente desde otro tiempo: En cuanto terminó se levantaron todos. En cambio, los tiempos relativos solo pueden funcionar como tales. No tendría sentido decir, por ejemplo, cantaban o había estudiado, sin ninguna referencia, tácita o expresa, a una circunstancia temporal que fije el significado de estas expresiones.

Los tiempos del subjuntivo, subordinado o dependiente, son todos relativos. En las oraciones independientes pueden usarse como absolutos.

De cuando acabamos de explicar se deduce que la distinción entre tiempos absolutos y tiempos relativos no debe ser tomada como una clasificación rigurosa cuyos términos se excluyan entre sí. Es solo una guía aproximada para determinan en cada caso concreto el carácter temporal de las formas verbales. Por otra parte, en cada forma verbal confluyen con la expresión del tiempo, la de aspecto y la de modo, que pueden interferirse entre sí. Aquí no conviene dar a las clasificaciones más alcance que el de criterios con que tratamos de analizar e interpretar la realidad vida del idioma.» [RAE: Esbozo..., 1977, § 3.13.9]

«Un tiempo verbal que expresa su noción temporal con referencia exclusiva al sujeto se denomina tiempo absoluto:

Luis vino ayer.

Iré pronto.

Cuando su noción temporal va referida a otro tiempo del contexto gramatical, se denomina tiempo relativo:

Cuando llegó, ya había terminado

[Lázaro Carreter, F.: Diccionario de términos filológicos. Madrid: Gredos, 51981, p. 391]

«Tiempo

El ‘tiempo’ es una categoría gramatical de carácter deíctico, propia del verbo. Los ‘tiempos’ verbales, esto es, las distinciones que cada lengua establece dentro de la categoría ‘tiempo’ se expresan a través de la flexión verbal (regresó, regresará) o mediante la utilización de verbos auxiliares (Ha regresado). En lo que respecta a su contenido, se caracteriza por situar el estado o el evento denotado por el verbo en un espacio temporal anterior, simultáneo o posterior a un punto de referencia, que puede ser el momento de la enunciación u otra situación indicada en el texto. De ahí el carácter deíctico de la categoría ‘tiempo’. En El chico regresará tarde, el ‘tiempo’ verbal localiza la acción de regresar en un espacio temporal posterior al momento de la enunciación. En El chico regresó tarde, por el contrario, se sitúa en un momento anterior al de la emisión del enunciado. En ambos casos, el punto de referencia para la localización del evento es el momento de la enunciación. En El chico habrá regresado cuando finalice la película, la acción de regresar, en cambio, se localiza como anterior a otra situación indicada en el contexto (cuando finalice la película). El punto de referencia es aquí, por tanto, otro evento expresado en el enunciado. Esta diferencia entre los ‘tiempos’ verbales en cuanto al punto que toman como base para orientar la situación del evento designado por el verbo es la causa de la distinción que suele establecerse entre tiempos absolutos y tiempos relativos.

Tiempo absoluto

Se denominan ‘absolutos’ los tiempos verbales que, según su significado básico, sitúan un evento como anterior, simultáneo o posterior a un solo punto de referencia, normalmente el momento de la enunciación, o emisión del enunciado. El pretérito perfecto simple en español, por ejemplo, es un ‘tiempo absoluto’. Cuando decimos Llegó pronto, simplemente localizamos la acción de llegar en un espacio temporal previo al de la emisión del enunciado. El perfecto simple, por tanto, sitúa un evento como anterior al momento de la enunciación, sin tomar ninguna otra referencia.

Tiempo relativo

Se identifican como ‘relativos’ los tiempos verbales que, a diferencia de los absolutos, no implican el momento de la emisión del enunciado como primera y única referencia para la localización temporal del evento designado por el verbo. Antes bien, en su significado básico sitúan ese evento en un espacio temporal que es anterior, simultáneo o posterior en relación con otro momento o con otro evento dado por el contexto. El pretérito pluscuamperfecto (había acostado) y el futuro perfecto (habrá preparado), por ejemplo, son ‘tiempos relativos’. En Ya había acostado al niño cuando él llegó, la acción de acostar al niño se presenta como anterior a otra, indicada en el enunciado, la de llegar él. En Eloísa habrá preparado la cena antes de que termine la partida, la acción de preparar la cena se sitúa en un espacio temporal anterior al momento de terminar la partida que, a su vez, es futuro, posterior al instante de la enunciación.»

[Alcaraz Varó, Enrique / Martínez Linares, María Antonia: Diccionario de lingüística moderna. Barcelona: Editorial Ariel, 1997, p. 565-566]

«Tiempo absoluto. Tiempo verbal cuya referencia se calcula directamente a partir del momento del habla. Son tiempos absolutos el presente, el pretérito perfecto simple o indefinido y el futuro simple.

Tiempo relativo. Tiempo verbal cuyo valor se calcula a partir de un punto de referencia que puede ser anterior, simultáneo o posterior respecto del momento del habla. Son tiempos relativos todos los tiempos compuestos, el condicional simple y el pretérito imperfecto.»

[Eguren, Luis / Fernández Soriano, Olga: La terminología gramatical. Madrid: Gredos, 2006, p. 100]

«Las formas verbales sitúan en la línea temporal los eventos que denotan con respecto a un tiempo que se considera eje. Este eje suele coincidir en las oraciones independientes con el tiempo de la enunciación, con el momento del habla. El señalamiento de anterioridad, simultaneidad o posterioridad con respecto a este eje primario de la deixis temporal no nos da la serie completa de relaciones temporales que pueden expresar las formas verbales del español.

Para obtener ese conjunto de significados temporales, hay que tener en cuenta dos cosas: (a) que el hablante divide mentalmente la línea temporal en dos partes o esferas, por lo que el evento denotado por una forma verbal puede situarse en cualquiera de esas partes; (b) que algunos tiempos sitúan el evento con respecto al momento del habla de forma directa (tiempos absolutos, en términos tradicionales) y otros lo hacen de forma indirecta, a través del tiempo de otro evento (tiempos relativos). [...]

La división de la línea temporal en dos esferas permite clasificar también los tiempos verbales en tiempos de la esfera del presente y tiempos de la esfera del pasado. Hablamos de tiempos de la esfera del presente en todos aquellos casos en los que una forma verbal sitúe el evento: (a) en la esfera del presente; o (b) con respecto a otro evento situado en la esfera del presente.

Se consideran tiempos de la esfera del presente: el presente, el pretérito perfecto compuesto, el futuro y el futuro perfecto. El presente indica simultaneidad del evento con el momento del habla; el pretérito perfecto compuesto, que el evento es anterior; el futuro, que el evento es posterior; y el futuro perfecto, que el evento es anterior a otro evento que sigue al momento del habla. [...] Los tiempos del subjuntivo son en todo equivalentes a los del indicativo, salvo por el hecho de que el presente y el pretérito perfecto compuesto de subjuntivo pueden tener también los significados de futuro y futuro perfecto de indicativo. [...]

Se consideran tiempos de la esfera del pasado todos aquellos que sitúan el evento: (a) en la esfera del pasado; o (b) con respecto a otro evento situado en la esfera del pasado. Son tiempos de la esfera del pasado: los pretéritos perfecto simple, imperfecto y pluscuamperfecto y el condicional y el condicional perfecto. Con los dos primeros indicamos anterioridad del evento con respecto al momento del habla, pero el evento se sitúa ahora en la parte de la línea temporal que no incluye al tiempo de la enunciación. Con el pretérito pluscuamperfecto y el condicional situamos el evento en la línea temporal como anterior y como posterior, respectivamente, a otro evento situado en la esfera del pasado y que precede al momento del habla. Finalmente, con el condicional perfecto indicamos anterioridad del evento denotado por el verbo con respecto a un evento en que es posterior a otro que se sitúa en la esfera del pasado y que precede al momento del habla.»

[Carrasco Gutiérrez, Ángeles: La concordancia de tiempos. Madrid: Arco Libros, 2000, p. 17-19]

«Tanto las formas verbales como los adverbios y locuciones adverbiales de tiempo expresan una relación temporal de anterioridad, simultaneidad o posterioridad con respecto a un determinado punto cualquiera, sea el origen del sistema o cualquier otro. Las demás formas muestran relación temporal referida al origen o bien a un punto de referencia a su vez orientado hacia el origen. Dado que el origen no es más que una especie de punto cero del sistema, todas las orientaciones expresadas por las formas verbales o adverbiales son, en el fondo, relativas. [...]

La cronología relativa que las formas verbales muestran entre sí o bien con respecto a expresiones temporales de diferentes tipos da lugar a la ‘correlación temporal’ o ‘consecutio temporum’. Frente al enfoque normativista con que la gramática tradicional enfocaba habitualmente este tema, la correlación temporal es la consecuencia directa del hecho de que las formas verbales expresen relaciones temporales y que los puntos indicados por unas puedan convertirse en referencias a partir de las cuales se orienten otras. [...]

Aunque las gramáticas se refieren a ella casi exclusivamente en relación a las estructuras complejas en las que una oración depende sintácticamente de otra (las llamadas ‘subordinadas sustantivas') y, además, enfocan el fenómeno con intención normativista, la correlación temporal, en realidad, remite a algo mucho más amplio, que abarca todo lo referente a le expresión lingüística de las relaciones temporales existentes entre las situaciones. [...]

Comprender correctamente la cronología relativa y la correlación temporal exige tener en cuenta que las mismas relaciones temporales entre los acontecimientos pueden ser enfocadas de modos diversos y, en consecuencia, expresadas de distintas maneras. De una parte, la orientación con respecto a la forma verbal de la cláusula dominante no es la única posibilidad existente. Lo que se presenta habitualmente en las gramáticas como ruptura de la correlación temporal es el resultado de la prioridad concedida en ciertos casos a la orientación con respecto al origen, que no es contradictoria con la otra. Para poner de relieve la incorrección de las reglas tradicionales de la consecutio y mostrar que a un verbo principal en pasado puede seguir una subordinada en cualquier forma, Gili Gaya (1943: § 220) presenta el ejemplo que se reproduce aquí:

El observatorio anunció que se acerca a nuestras cosas un huracán en dirección NE a SO. El parte meteorológico añadía que las primeras ráfagas alcanzarán a la isla esta madrugada.

En este ejemplo, tanto acerca como alcanzarán (que, evidentemente, expresan situaciones posteriores a anunció y añadía, respectivamente), marcan no su relación con las formas que las dominan sintácticamente, sino con respecto al origen. Esta aparente ruptura del principio de la correlación está, sin embargo, perfectamente explicada por los valores temporales. Confróntese, por ejemplo, con

El observatorio anunció que se acercaba a nuestras cosas un huracán en dirección NE a SO. El parte meteorológico añadía que las primeras ráfagas alcanzarían a la isla esta madrugada.

En este ejemplo la expresión quedaría incómodamente indeterminada en cuanto al momento en que puede tener lugar. De decir, por ejemplo, añadía que alcanzarían, como en este ejemplo, sabríamos únicamente que la situación expresada por alcanzar es posterior al momento en que se emitió el parte, pero sería desconocida su relación con el origen, con lo que quedaría en el aire si el huracán ha llegado ya o va a llegar todavía. En cambio, al decir alcanzarán queda perfectamente claro que se refiere a la madrugada siguiente.

Por otro lado, la propia configuración de la cronología relativa permite diferentes enfoques alternativos para la misma secuencia de acontecimientos.»

[Rojo, Guillermo / Veiga, Alexandre: “El tiempo verbal. Los tiempos simples”. En: Bosque, Ignacio / Demonte, Violeta (eds.): Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid: Real Academia Española / Espasa Calpe, 1999, § 44.2.2.4]

«La clasificación de los tiempos en absolutos y relativos es controvertida. Los tiempos ABSOLUTOS se orientan directamente respecto el momento de la enunciación. El ejemplo El tren se averió a pocos metros de la estación contiene el pretérito averió, que denota cierto suceso anterior al momento del habla. En cambio, la forma había averiado en Anunciaron que el tren se había averiado a pocos metros de la estación denota un tiempo que no es solo anterior al momento del habla, sino también al que expresa el pretérito anunciaron. La distinción entre tiempos absolutos y relativos coincide solo en parte con la clasificación en simples y compuestos. En efecto, CANTABA es un tiempo simple, pero es también relativo (salvo para los autores que le niegan al valor de copretérito), ya que se interpreta generalmente en relación con otro pretérito (Cuando llegué yo, salían ellos). Lo mismo cabe decir de CANTARÍA (tiempo simple, pero relativo). Al contrario, HE CANTADO es un tiempo compuesto, pero se considera absoluto, ya que está anclado en el momento del habla. En los demás casos, la división simple / compuesto coincide con la clasificación absoluto / relativo.

Se defiende en algunos estudios tradicionales la idea de que los tiempos absolutos se pueden emplear también como relativos, mientras que los relativos no se usan como absolutos. Esta extensión es, sin embargo, polémica.»

[RAE: Nueva gramática de la lengua española. Madrid: Espasa Libros, 2009, § 23.1m-n]

«Clasificación de los tiempos verbales

Los tiempos verbales se clasifican tradicionalmente de acuerdo con los tres criterios siguientes: su estructura morfológica, que permite distinguir entre tiempos simples y compuestos; su anclaje temporal, que los divide en tiempos absolutos y relativos, por un lado, y tiempos de la esfera temporal del presente o del pasado, por otro; y, finalmente, sus características aspectuales, que dan lugar a la diferenciación entre tiempos perfectivos y tiempos imperfectivos (§ 23.1.3c, d).

La distinción entre tiempos absolutos y relativos es controvertida. Los tiempos absolutos se orientan directamente desde el momento de la enunciación, como llegó en El paquete llegó hace dos días (§ 23.1.1c); los tiempos relativos se orientan respecto de un punto de la línea temporal, el cual funciona en consecuencia como punto de referencia o DE ANCLAJE distinto del momento de la enunciación.

Así, en La prensa informó el día doce de que el paquete había llegado hacía dos días, el tiempo de informó actúa como punto de anclaje de había llegado. La distinción entre tiempos absolutos y relativos coincide solo en parte con la clasificación en simples y compuestos. Son tiempos absolutos el presente, el pretérito perfecto simple y el futuro. Son tiempos relativos HABÍA CANTADO, HE CANTADO y HABRÉ CANTADO, que indican anterioridad con respecto al punto de referencia; CANTABA, que indica simultaneidad, si bien no en todos los análisis (§ 23.6), y también CANTARÍA y HABRÍA CANTADO, que expresan posterioridad.

Se llama ESFERA TEMPORAL al conjunto de tiempos que comparten una determinada división de la línea temporal. Las esferas temporales se caracterizan por denotar cierto intervalo de longitud indeterminada que excluye o incluye el momento de la enunciación. En español se distinguen la ESFERA DEL PRESENTE, que contiene las formas CANTO, CANTARÉ y HABRÉ CANTADO, y la ESFERA DEL PASADO, que integra los restantes tiempos, con la excepción de HE CANTADO, que oscila entre ambas. Se vuelve sobre esta noción en el § 24.3.2.»

[RAE: Nueva gramática de la lengua española. Manual. Madrid: Espasa Libros, 2010, § 23.1.2ª y 23.1.2c]

horizontal rule

Impressum | Datenschutzerklärung und Cookies

Copyright © 1999-2018 Hispanoteca - Alle Rechte vorbehalten